Movilidad geográfica y extinción del contrato

Te remito la siguiente duda. Debido a la situación económica de la empresa, se está procediendo al despido de gente, pero a mi, me han propuesto un traslado de centro de trabajo. Actualmente trabajo en Valencia, centro de trabajo que aparece en mi contrato. Soy delegado de personal, y en breves días, mañana más en concreto, me entregaran una carta para que el día 9 de Diciembre, me traslade a las oficinas de Madrid, cambiando de residencia, con el perjuicio económico que ello supone
MI intención es optar por la indemnización de 20 días por año trabajado, y tener derecho a la prestación del paro, al constituit . MI duda es... ¿la empresa se puede negar? ¿Me pueden obligar si se niegan a desplazarme a Madrid?

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1) Siendo delegado de personal, tienes una serie de ventajas, por lo cual debes consultar con tu sindicato, esta movilidad geográfica que quieren hacer contigo.
2) No obstante, entra en la web www.estatutodelostrabajadores.com y vete al apartado de movilidad geográfica y traslados. Ahí veras, primero, que para ello, se necesita comunicar el hecho con 1 mes de antelación, y ser aprobado por los propios delegados de personal (sindicales). Ademas tienen que hacerse cargo del traslado, etc...
3) Tu no puedes negarte al traslado, pero si impugnarlo, y también se refleja en el apartado anterior, la forma dehacerlo.
4) Puedes asimismo optar por la rescisión del contrato, y ahí es donde tienes la posibilidad de cobrar los 20 días de indemnización por año, pero con un máximo, que si mal no recuerdo es de 12 mensualidades., y por supuesto tienes derecho al paro.
Si tienes alguna otra duda, estoy a tu disposición, y sino finaliza y puntúa.
Te digo lo de mirar tu directamente en la web, ya que tienes varias opciones, y es muy extenso el apartado.

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