¿Quiebra empresa, FOGASA, demanda previa?

La empresa en la que trabajo va camino de la quiebra, va pagando con retraso y acumulando salarios impagados. En cuanto a la indemnización que cubre Fogasa, ¿hay alguna ventaja y/o diferencia en cuanto al importe si se pone previamente demanda y se pide rescisión del contrato?
Gracias.

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Rescisión de contrato no la pidas nunca, en este caso, porque te quedas sin indemnización.
Debes demandar y para ello tienes 12 meses, los salarios impagados. Y ante cualquier despido o concurso de acreedores o quiebra, debéis igualmente demandar, para que FOGASA pueda hacerse cargo de las cantidades no pagadas por tu empresa, incluida indemnización.
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Me refería a poner la demanda y a la vez pedir rescisión de contrato con el abono de indemnización de 45 días por año. También quería preguntarle cuanto me correspondería cobrar de Fogasa, con 3 meses impagados, ¿una antigüedad de 14 años y un sueldo bruto incluyendo pagas extras de 2.400?
Gracias.
Para pedir rescisión de contrato, que ademas por ello, no cobras 45 días por año, sino 20, tiene que existir una demanda previa de reclamación de cantidad.
En caso de que la empresa no pudiera hacerse cargo del abono, una vez efectuada la demanda, es entonces cuando debes contactar con FOGASA para que efectúe los pagos correspondientes.
Entra en la web www.fogasa, y veras todos los requisitos necesarios.
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