ERE en festivos recuperados

Buenos días, mi pregunta es ¿Puede la empresa incluir en un ERE de reducción de jornada los días que en el Calendario Laboral aparecen como festivos recuperados?. Por ejemplo los días 28-29-30-31 de Diciembre del 2009 no teníamos que trabajar según nuestro calendario y los han incluido en el ERE. ¿Cómo computarían esos días a efectos de horas anuales exigibles según Convenio.La empresa donde trabajo se rige por el Convenio del Metal de Bizkaia.
                                       Un saludo y gracias por contestar
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El sistema del ERE es completamente diferente a una relación normal de trabajo. Por tanto debéis exigir a vuestro comité de empresa, las bases de presentación del mismo ante Delegación de Trabajo, donde pondrá exactamente lo que tu preguntas.
En caso negativo, el calendario laboral sigue siendo el mismo por convenio. Y por consiguiente si trabajáis esos días, debido al ERE, lógicamente los tienen que descontar de otros días, para en efecto hacer el computo de horas a trabajar anualmente contemplado en vuestro convenio.
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No me he explicado bien, yo no debía trabajar en esos días, y lo que hace la empresa es mandarme al desempleo. ¿Pueden mandarme al desempleo en esos días que no eran de trabajo?
Lo siento he estado enferma.
Vuelvo a repetir que lo debes consultar con tu comité, para saber exactamente como se ha presentado ese ERE.
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