¿Pueden obligarme a trabajar en otra provincia?

Tras dos años de excedencia voluntaria por cuidado de mi hijo menor, solicito la reincorporación a mi puesto de trabajo habitual. La empresa me envía un burofax notificándome que puedo reincorporarme a mi puesto de administrativa, pero en otra provincia a más de 600 km porque la empresa ha sido absorbida por otra que tiene la base administrativa allí.
Creo que es una artimaña para indemnizarme sólo con 20 días por año si rechazo la oferta. Qué opciones tengo, y cómo debo responderles si no tengo intención de irme a trabajar a 600 km de mi ciudad.

1 respuesta

Respuesta
Si rechazas la oferta, le empresa rescindirá tu relación laboral con 0 euros de indemnización. Y tu tendrás que demandarles.
Cuando se celebre el juicio hay dos opciones:
1.- Que el juez determite el traslado procedente por que la empresa diga la verdad. En este caso te tendrás que conformar o bien trasladándote a otra cuidad o bien... pues lo que te he dicho antes... irte sin un duro.
2.- Que el juez determine que el traslado es improcedente por lo tanto el despido también lo es. El juez te dará la opción de volver a tu actual centro de trabajo o recibir 45 días por año.
Tenía entendido que debido a que es un traslado con movilización geográfica, de acuerdo con los art 40 y 41 del ET tengo derecho a una indemnización de 20 días por año trabajado si me niego a trasladarme y por tanto se produce una rescisión del contrato. ¿Es esto cierto o hay que ir directamente a juicio?
Muchas gracias.
Si perdón, llevas toda la razón. Lo he confundido con la modificacione de horarios:
Entonces queda la cosa:
1.- O aceptas el traslado con una compensación económica.
2.- O rescindes el contrato con 20 dias/año.
Perdona por el lapsus, a veces los que trabajamos con leyes nos pensamos que nos las sabemos de memoria y a veces pinchamos.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas