Plusvalía venta segunda vivienda

He vendido un inmueble que utilizaba como segunda vivienda y me gustaría saber qué cantidad me tocará pagar a hacienda en la renta del año que viene, la famosa plusvalía.
Creo que hay que pagar 2 plusvalías, una al ayuntamiento de la localidad donde reside el inmueble (esto es poca cantidad, depende del ayuntamiento y se paga a la hora de hacer la venta) y la otra es la de hacienda, que es la que más me preocupa.
¿La compré en el 1992 por 45.000? ¿Y la he vendido el 2009 por 120.000?. Me habían comentado que consistía en aplicarle el 18% a la resta de estas cantidades, ¿con lo que salen unos 13.500? A pagar en la renta, cantidad que me asusta bastante.
Mi duda es si había algún descuento por cada año que he tenido en propiedad el inmueble, me han comentado que si se compró antes del 1986 no había que pagar nada, pero no es el caso.

3 respuestas

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Es todo casi cierto.
El pago de hacienda sera de 13500.
Por causa de los coeficiente de abatimiento, los inmuebles comprados antes del 31-12-1986 estarán exentos del pago.
Y también por esta razón la cantidad de 13500 se vera reducida en 1/3 aproximadamente.
En este caso NO se considera reinversión.
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Si, a la diferencia entre la venta y el precio de compra ACTUALIZADO, hay que aplicar el 18% de plusvalía.
En la página de AEAT tiene un simulador que le hará el cálculo exactamente. Desde el 31-12-94 hacia atrás, podrá aplicar coeficientes de abatimiento (descuento) de un 11% anual ydeberá actualizar el precio de compra más gastos (notaría ITP etc) para obtener el precio actualizado.
No es un cálculo sencillo pero, si aplica el programa PADRE, obtendrá el resultado. Adjunto el enlace.
http://www.aeat.es/wps/portal/ProgramaAyuda?channel=b55ff9e442b60210VgnVCM1000004ef01e0a____&ver=L&site=56d8237c0bc1ff00VgnVCM100000d7005a80____&idioma=es_ES&menu=0&img=0
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El cálculo de la cantidad que supone tributar por incremento del patrimonio por la compraventa de un inmueble es bastante complicado, pero en efecto, los datos que se mencionan en la pregunta son ciertos. Es decir existen dos impuestos:
- Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (llamada conmúnmente plusvalía municipal). Su base imponible la constituye el valor del terreno (normalmente el catastral), al que se le aplica un porcentaje distinto que aprueba cada ayuntamiento.
- IRPF por incremento del patrimonio. Se tributaría al 18%. Ahora bien, existen gastos deducibles, como los notariales, impositivos, registrales, etc. Además existen unos coeficientes para actualizar las cantidades (teóricamente para corregir de una manera sui generis la inflación). Así el importe de adquisición se corrige con dichos coeficientes (cada año tiene el suyo), por lo que la diferencia se minora. Además, antes del 31/12/1994 existía un régimen especial, por lo que si la casa se compró anteriormente a dicha fecha, tiene deducciones especiales.
Por lo tanto el cálculo de la cantidad exacta resulta difícil. Mi consejo sería, con toda esta información, recabar los datos (por ejemplo de gastos notariales, registrales, impuestos y demás) e ir a una delegación de Hacienda, y allí realizar el cálculo.

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