Consulta autónoma

Somos dos cooperativistas, de una sociedad civil, constituida en enero de 2009, ya que compramos la tienda donde trabajábamos, estamos dadas de alta como autónomas, al ser despedidas por el antiguo propietario( ambas teníamos contrato indefinido) solicitamos el pago del paro único al inem, lo cual recibimos en abril de 2009.
Dado que el negocio va bien, y queremos estar más cubiertas, ante contingencias como paro o bien una baja por maternidad ( ambas somos mujeres y en breve alguna de las dos quedáramos emabarazadas), estamos planteándonos la opción de constituir una s.l y darnos de alta en el régimen general con contrato indefinido.
Tenemos las siguientes dudas:
Tiene el inem la opción de solicitar la devolución del pago del paro único ya abonado ( lo justificamos todo incluido la inversión realizada 40.000 euros cada una ).
Existe otra alternativa, a la que planteamos, para poder obtener una prestación por desempleo o una baja por maternidad retribuida.

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Es que estáis en un error.
Si contituis una sociedad y ademas hacéis funciones de gobierno y gerencia, o sea que seáis socias trabajadoras, la ley no permite que coticéis por el régimen general. La ley os obliga a ser autónomas.
Entonces, existe alguna fórmula para poder cotizar en el régimen general :
Actualmente tenemos una sociedad civil, si constituimos una sociedad limitada, en la que explotemos el negocio actual, ¿por tu respuesta deberíamos seguir siendo autónomas al ser gerentes y trabajadoras?
Nuestra intención, como mujeres, es tener una prestación en caso de baja por maternidad, ya que las dos estamos planteándonos tener hijos y queremos tener cubierta esa situación .
Del mismo modo, ambas estamos casadas, si la nueva s.l que estamos planteando constituir, repartimos el capital social con nuestros maridos al 25% cada uno, ellos tienen alguna responsabilidad, ya que ambos son asalariados por cuenta ajena y están dados de alta en el régimen general en sus respectivas empresas.
Nuestra duda fundamental es como conseguir una prestación por baja maternal en caso de estar embarazadas y tener nuestro hijo/a , teniendo en cuenta que actualmente somos autónomas, ¿así cómo si existe la posibilidad de poder tener cubierta la contingencia por desempleo?
Gracias de nuevo.
La contingencia por desempleo ya se ha aprobado, lo que pasa es que es muy poquito. Como max 6 meses, y para que te den esos 6 meses hace falta cotizar 6 años.
Con respecto a tu pregunta: mandame un mail y te mando un correo con un cuadro muy esclarecedor publicado por la seguridad social para que estudies tus posibilidades.

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