Régimen de cotización de Administrador Solidario S.L.

¿Es obligatorio que un administrador solidario de una S.L. Sin participaciones en la misma este dado de alta en algún régimen de la seguridad social? En caso afirmativo ¿en cuál? Por otro lado si dicho administrador solidario estuviese empleado por cuenta ajena en otra empresa (régimen cotización general de SS), ¿tendría alguna incompatibilidad ante la posibilidad de quedarse en desempleo por el mero hecho de ser administrador solidario en una S.L.?

1 Respuesta

Respuesta
1
Como diría Jack el Destripador: "vamos por partes..."
¿Qué es lo que determina que una persona se tenga que asegurar en un régimen de la SS?
El trabajo.
¿Es imprescindible que un administrador esté dado de alta en la SS?
No, siempre y cuando no trabaje en la empresa. Da igual si tiene, o no, participaciones sociales. Yo tenía el 100% de una empresa y no estaba asegurado. Un buen día pedí el paro y la inspección se presentó en la empresa. Exigieron que me diera de alta en la SS con efectos retroactivos y que devolviera el paro. Pero yo les demostré que NO trabajaba y que ADEMAS tenía una persona contratada en grupo 1 con PODERES NOTARIALES para gestionar la empresa. Tuvieron que aceptarlo y no coticé ni me sancionaron.
¿En qué régimen debemos dar de alta a un administrador que SI trabaja en la empresa pero NO tiene participaciones sociales?
En el régimen general pero con una cuenta especial de cotización para administradores. No tendrá derecho al paro cuando cese en la empresa como administrador.
Así pues, si NO trabaja en la empresa y solo efectúa las funciones indelegables (firmar cuentas anuales e impuestos), NO TIENE POR QUÉ ESTAR DADO DE ALTA. Y, además, si hay otro administrador, todavía menos.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas