Prestación desempleo y accionista empresa

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Buenas tardes, tengo un contrato laboral de 6 meses a media jornada aux.administrativo que me cumple el próximo mes de marzo, sé que tengo derecho al subsidio de desempleo. Mi jefe me ha dicho que en mayo me va hacer un contrato nuevo de otros 6 meses pero de 5 horas semanales solo para llevar la contabilidad, lo cual voy a compatibilizar dicho contrato con la ayuda que voy a solicitar aunque me resten la parte proporcional de las horas trabajadas ya que el sueldo será pequeñísimo en relación a las horas trabajadas, mi duda es la siguiente: ¿Cuándo finalice este contrato nuevo (será en noviembre 2010) tendré derecho a un nuevo subsidio de desempleo?, de antemano les agradezco su atención, gracias.

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Cuando finalice tu primer contrato tendrás derecho a desempleo por la parte proporcional que dejes de trabajar, en el momento en que finalice este segundo contrato tendrías derecho a desempleo por la parte que no cobrabas en la primera prestación por desempleo.
No se si me he explicado del todo. Si tienes más dudas ya sabes.
Me puede especificar su respuesta no la entiendo muy bien, ¿a qué se refiere cuando dice que tendré derecho a la parte proporcional que deje de trabajar? Y cuando finalice el segundo contrato cobraré lo que en la primera prestación no cobré. Yo creía que mientras trabaje con este nuevo contrato de 6 meses podría cobrar la ayuda más lo que cobre por la jornada a la que voy a ser contratada vale(agotar toda la prestación de 6 meses), y luego al haber tenido cotizado otros seis meses(de este ultimo contrato) cobrar de nuevo el subsidio entero ya que el contrato será de lunes a viernes aunque tengas un contrato de pocas horas, ya que día trabajado día cotizado para inem, ¿no es así?, no se si me entiende, lo que quiero decir, es que después de agotar la primera ayuda a la vez que trabajo, al acumular otros seis meses, cobrar de nuevo, gracias
Veámoslo con porcentajes.
Tu ahora trabajas a, pongamos, 50% de la jornada completa, vencer tu contrato y firmas otro por, pongamos, el 10%. Tendrías derecho a prestación por desempleo por ese 40% que dejas de cobrar.
Al finalizar ese contrato de jornada del 10% cobrarías ya ese 10% que habías dejado de cobrar.

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