(xxxxxx) no es fácil que puedas conseguir la incapacidad permanente puesto que tal como has comentado dicha dolencia no te ha impedido realizar tu trabajo hasta el momento del despido. Para conseguir la incapacidad permanente tendrías que solicitar la misma en la Dirección Provincial del INSS de tu provincia y pasar por el Equipo de Valoración de Incapacidades que tendría que determinar si tus dolencias te impiden realizar algunas de las tareas de tu trabajo habitual (Incapacidad Permanente Parcial); todas las actividades de tu trabajo habitual (Incapacidad Permanente Total); o cualquier tipo de actividad (Incapacidad Permanente Absoluta). La prestación por incapacidad permanente parcial la constituye una cantidad a tanto alzado; la de incapacidad permanente total es del 55% de la base reguladora que se podrá ampliar en un 20% a partir de los 55 años de edad. Y la prestación por incapacidad permanente absoluta de un 100% de la base reguladora. En caso de que te concediesen la incapacidad permanente a partir de los 65 años podrías optar por cobrar la pensión de jubilación o seguri con la prestación por incapacidad permanente.
Te envío un enlace donde podrás encontrar más información sobre las prestaciones por incapacidad permanente:
http://www.seg-social.es/Internet_1/TramitesyGestiones/PensiondeIncapacida45982/index.htmTambién te envío un enlace a mi blog donde podrás encontrar más información sobre temas relacionados con la prevención de riesgos y el derecho laboral: