Tampoco te disculpes, se trataba de aclarar la situación y ahora ha quedado Mas clara aunque no del todo.
Me dices que tienes una absoluta, y cobras el 55% de la base. Eso tampoco puede ser. A la absoluta le corresponde el 100. Entre los dos mensajes deduzco que lo que tienes es una permanente total que te incapacita para tu profesión habitual y cuya base reguladora es en efecto el 55.
Lo que ha ocurrido es que ha habido un despiste y deberías haber estado recibiendo recetas rojas y no verdes, desde que te declararon la incapacidad, pues eres pensionista desde ese momento y no desde el que el medico, quizás por el error, te dice que te pasa a pensionista. Quiso decir que al ser pensionista las recetas que te corresponden son las rojas, y por tanto pagaras menos por la medicación.
Respecto al 75%, si, podrás pedirlo cuando cumplas los 55, pues al ser una total, se entiende que puedes trabajar en otra cosa que no sea lo mismo que hacías cuando causaste baja. Por ejemplo si trabajabas como soldador, si encontraras un trabajo de administrativo podrías hacerlo sin perder tu pensión. Como a partir de los 55, encontrar trabajo es mas difícil, se puede solicitar que te paguen el 20% que falta. Y te lo conceden.
Si tu enfermedad empeorase puedes solicitar que te revisen de total, a absoluta.
Por otro lado recuerda que también tienes derecho a solicitar un grado de minusvalía en asuntos sociales de tu comunidad autónoma. Ello te dará derecho dependiendo del grado que te otorguen a otros beneficios y ventajas.