Revisiones salariales

Trabajo para un centro universitario adherido al convenio de Universidades Privadas. Tengo dos cuestiones bastante simples:
- ¿Es legal que no nos aumenten el IPC del 2009 a los salarios del 2010? No sé si el reciente acuerdo de revisiones salariales entre empresarios y sindicatos afecta a nuestro convenio. Tampoco sé si el aumento afectaría a salarios que están por encima de lo que marca el convenio.
- En la misma línea de lo anterior, ¿podrían bajarnos los salarios a los que cobramos por encima de lo que marca el convenio y ajustarlos a lo que se indica en las tablas salariales? Yo, en concreto, soy Técnico Informático y cobro un 30% más de lo que aparece en las últimas tablas del 2008 (me costó sudor y lágrimas negociarlo en su momento, tras muchos años de penurias). ¿Mi salario es inamovible, al igual que lo sería mi jornada? Mi empresa no tiene problemas económicos pero están intentando sacar rentabilidad a la crisis a costa de los trabajadores...
He encontrado todo lo relativo a nuestro convenio en http://convenios.juridicas.com/search/busqueda_por_sector2.php?pag=1&grupo=8000&ambito=1&ca=&prov=&codbus=9910715 pero no acabo de encontrar nada relativo a revisiones del 2010.

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Vuestro problema es que el último Convenio publicado es el V CONVENIO COLECTIVO NACIONAL DE UNIVERSIDADES PRIVADAS, CENTROS UNIVERSITARIOS PRIVADOS Y CENTROS DE FORMACIÓN DE POSTGRADUADOS. Dicho Convenio tenía vigencia entre los años 20005 y 2008 y por eso las últimas tablas de revisión salarial se publicaron en 2008. El resultado de esta situación es que en tanto en cuanto no se firme un nuevo Convenio vuestras retribuciones están congeladas. En cuanto a la segunda pregunta si tienes reconocido un complemento personal por encima de lo que marca el Convenio no podrían quitártelo por ser una condición más favorable incorporada a tu contrato de trabajo, pero es posible que si el Convenio Colectivo tiene una clausula de absorción y compensación, como es habitual, se te descuenten las subidas salariales de dicho complemento.
Espero que lo anterior te haya servido de ayuda. Te envío la dirección de mi blog particular donde podrás encontrar más información relacionada con temas de derecho laboral y prevención de riesgos laborales:
Por cierto el acuerdo para el empleo y la negociación colectiva 2010, 2011 y 2012 no es aplicable a tu caso, puesto que lo único que hace es acordar unos principios que posteriormente los sindicatos y asociaciones empresariales firmantes tendrán que aplicar en la negociación de convenios que lleven a cabo.
Hola experto,
Gracias por tu contestación. Tan sólo una aclaración: me he leído el convenio y no veo ninguna clausula de absorción y compensación. ¿Quiere decir eso que la subida de IPC se aplicaría al 100% de mi salario? ¿A quién podría dirigirme para averiguar el status de la firma de nuestro nuevo convenio para estos años?
Saludos y gracias de nuevo
Si en el convenio no existe ninguna clausula de absorción y compensación, esto no quiere decir que la subida se aplique sobre el 100% de las retribuciones, sino que se aplicaría la subida a IPC al salario base y posteriormente se le sumaria el complemento personal sin subida, sin que se pueda restar del complemento personal la subida a IPC del salario. En cuanto a la segunda pregunta no he entendido a que te refieres, pero si quieres información sobre la firma del nuevo Convenio podrías dirigirte a cualquiera de los sindicatos firmantes del anterior.

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