Absorción salarial

Llevo desde el año 1997 trabajando en la misma empresa, cada año nos han subido el IPC correspondiente, pero en el año 2008, dada la situación económica no lo hicieron, hablé varias veces con el gerente, para reclamarlo, pero me daba largas con el art. 26.5 del Estatuto de los Trabajadores, que al ganar más de lo que marca el convenio en reabsorvible con otros conceptos.
Cual ha sido me sorpresa, que hoy al llegar al trabajo, me encuentro una carta encima de mi mesa con fecha 19.12.08, donde habla de dicho artículo, y que la forma de proceder de la empresa, será la reabsorción hasta que el sueldo se equipare a lo que marca el convenio por mi categoría, perdiendo por mi parte el poder adquisitivo durante los prox. Años. ¿Debo firmar la carta? ¿Qué puedo hacer?, ¿Es legal?, todo ello es generado por la situación económica de la empresa, esta muy mal, cuando ha habido dinero se la despilfarrado, ahora que no hay, ¿somos los trabajadores los que debemos asumir los recortes?

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En principio tiene razón la empresa. Existe lo que se llama absorción y compensación y esta redactado en el articulo 26 del estatuto de los trabajadores y seguramente en el convenio aplicable a la actividad de tu empresa. La absorción y compensación existe para estos casos, en los que el trabajador cobra por encima del convenio y con las respectivas subidas, se puede absorber y compensar. Lo que no entiendo muy bien es que tengas que firmar una carta asumiendo eso. Tu no tienes que firmar ninguna carta, que la empresa aplique la absorción y punto final.
Finalice y puntúe sino tiene más dudas.
Hay algo que no entiendo, si la empresa lo puede hacer, entonces que sentido tiene que durante los 11 años anteriores me lo subieran y ahora se nieguen, debe de existir algún derecho adquirido, o algo parecido, porque vuelta de unos años estaré cobrando lo que marca el convenio, y el buen sueldo que tenia pactado dejara de existir, ese beneficio que en su día pactamos la empresa y yo, iré perdiendo el poder adquisitivo que pactamos, ¿y no puedo hacer nada?.
Y si me dan una carta para que la firme, no sera porque no es tal legal como parece, y quieren pillarme por ahí, perdiendo cualquier derecho de reclamar.
Un saludo
Esther
El problema no es si es correcto o incorrecto, la cuestión es la legalidad o ilegalidad de la absorción y compensación
Cuando los salarios son superiores a la norma convenional, es decir convenio colectivo, si estos salarios no están salvaguardados por una clausula contractual o de convenio colectivo contra la absorción y compensación, la empresa puede absorber las subidas salariales del convenio con los salarios cobrados de más, siempre que las partidas que se absorban y compensen sean homogéneas
Es decir si hay una prima de producción, esta no puede absorberse con la subida del salario base, pero si el convenio establece un complemente de producción este si puede absorber la prima de producción que venia cobrando
Que la empresa haya venido subiendo una mejora voluntaria según la subida de convenio, podría deberse a que esta pactado en contrato de trabajo o que el empresario unilateralmente o por error la ha aplicado
Si estas subidas salariales constituyen una condición más beneficiosa o no, sera el juez el que lo interprete, pero me inclino a pensar que se puede aplicar la absorción y compensación

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