Reducción jornada. ¿Convenio equivocado?
Hola. En mi convenio de Enseñanza privada concertada, en el artículo 41, dice que "Los
Trabajadores que tengan a su cuidado a un menor de 6 años podrán reducir su jornada, con disminución proporcional del salario entre, al menos, un tercio y un máximo de la mitad de la duración de aquella."
¿La ley no era por cuidados de menores de 8 años?
¿La reducción de jornada no es entre 1/8 y la mitad de la misma?
Es importante en mi caso, pues no es lo mismo reducirse 1 hora diaria que 2h y media con el consiguiente recorte salarial.
Gracias.
Trabajadores que tengan a su cuidado a un menor de 6 años podrán reducir su jornada, con disminución proporcional del salario entre, al menos, un tercio y un máximo de la mitad de la duración de aquella."
¿La ley no era por cuidados de menores de 8 años?
¿La reducción de jornada no es entre 1/8 y la mitad de la misma?
Es importante en mi caso, pues no es lo mismo reducirse 1 hora diaria que 2h y media con el consiguiente recorte salarial.
Gracias.
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Respuesta de manucris
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