Reducción jornada. ¿Convenio equivocado?

Hola. En mi convenio de Enseñanza privada concertada, en el artículo 41, dice que "Los
Trabajadores que tengan a su cuidado a un menor de 6 años podrán reducir su jornada, con disminución proporcional del salario entre, al menos, un tercio y un máximo de la mitad de la duración de aquella."
¿La ley no era por cuidados de menores de 8 años?
¿La reducción de jornada no es entre 1/8 y la mitad de la misma?
Es importante en mi caso, pues no es lo mismo reducirse 1 hora diaria que 2h y media con el consiguiente recorte salarial.
Gracias.

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Diga lo que diga el convenio(que por cierto estará desactualizado)el estatuto de los trabajadores(que esta por encima de cualquier convenio)y la ley de igualdad dice que la reducción podrá ser desde 1/8 a 1/4 de la jornada que se realice y que sera hasta los 8 años de la edad del hijo/a.

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