Despidos en una empresa

* cuando la empresa te da la carta de despido tiene que avisarte con una antelacion de 30 Dias???
*aunque por ejemplo tengas contrato temporal y sepas que en  dicho contrato terminas 6 meses mas tarde de haberlo firmado y haber empezado en dicha empresa????
* si es el trabajador el que pide la cuenta tiene que hacerlo con 15 Dias de preaviso a la empresa???
* si la empresa te echa de la noche a la mañana pero te paga los 45 Dias/año por despido improcedente ya no tendria que avisarte con 30 dias de antelacion ni nada no??ya que reconoce la improcedencia del despido.
* muchas empresas utilizan el periodo de vacaciones para meter esos 30 dias del preaviso del despido y asi ahorrarse pgar las vacaciones ( el empresario no necesita opinion de los trabajadores para fijar las vacaciones de sus trabajadores , pero si ebe de avisar con 2 meses de antelacion de dichas vacaciones). Vamos que o te puede decir toma la carta de los 30 dias de preaviso y te coge las vacaciones.....ya que esto supondria un despido improcedente por incumplimiento del empresario y por lo tanto 45 Dias/año , no????
Tengo esas pequeñas dudas y agradecería que me las aclarase ya que veo que esta puesto en el tema.

3 Respuestas

Respuesta
1
En principio lo que dices es correcto, pero si quieres puntualizar más y mejor, has de acudir a un sindicato, pues ellos si son expertos en todo esto ampliamente.
Mucha suerte
Respuesta
1
Intentaré responderte todas tus preguntas:
1) La empresa solo tiene que preavisarte en los despidos objetivos, por causas económicas, productivas, técnicas u organizativas.
2) Si eres baja por finalización de un contrato de 6 meses no tiene por qué preavisarte
3) Si el trabajador es el que quiere la baja voluntaria tiene que preavisar con los días que establezca su convenio colectivo, generalmente, 15 días.
4) Como te he indicado, por despido improcedente a 45 días no hay preaviso.
5) El incumplimiento del preaviso en los despido objetivos, no significa que el despido sea improcedente. Lo único que implica es el deber del empresario de sustituir el preaviso por el salario de los días no preavisados.
Respuesta
1
Todas las dudas que plantea son distintas dependiendo del sector laboral donde se incluya su trabajo. Puede que exista un convenio laboral en la empresa, en la ciudad, en la provincia, en la autonomía o en el estado que sustituya en beneficio de los trabajadores la normativa que establece el estatuto de los trabajadores.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas