Diferencia entre un contrato de formación y aprendiz
Tengo una gran duda que tengo que resolver con urgencia, para mi no es lo mismo un contrato como aprendiz de lo que sea en una empresa, que solo recibe formación práctica, para posteriormente ascender a peón, oficial 1ª... Que ser contratado en formación, con los beneficios que ello conlleva para la empresa a efectos de cotización... Pero que está tipificado en el ET y que está sometido a unos plazos mínimos y máximos de duración, de edad, y que tiene que tener parte práctica, pero también teoríca a través de una academia. Pero no encuentro ningún precepto legal, o texto de algún experto que así lo diferencie. ¿Puedes ayudarme a encontrar una base jurídica o del tipo que sea para justificar esa diferencia?
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Respuesta de valleanaga
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