Cambio de turno
Llevo dos años de recepcionista en un hotel en Toledo, entre con la condición de turno de tarde y noche, pero últimamente estoy un poco quemado con estos turnos, tengo un hijo de dos años y aunque mi mujer esta en paro, según el convenio de hostelería, el art 34 dice que tengo que prestar turnos en horario de guardería y no trabajar las fiestas abonables para la educación de mi hijo.
¿Pueden decirme que mi puesto esta consolidado y no hacerme el cambio?
¿En caso de no aceptar podría ir a juicio?
¿Cuánto me cobraría un abogado?
También me obligan a hacer cursos en horario diurno cuanto trabajo de noche, ¿es legal?
¿Pueden decirme que mi puesto esta consolidado y no hacerme el cambio?
¿En caso de no aceptar podría ir a juicio?
¿Cuánto me cobraría un abogado?
También me obligan a hacer cursos en horario diurno cuanto trabajo de noche, ¿es legal?
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Respuesta de irisada15
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