Me despiden sin pagarme

Trabajo en una empresa del gremio de la papelería desde hace 23 años. La crisis económica nos ha afectado en demasía, pues somos distribuidores de múltiples organismos oficiales que han dejado de pagar sus facturas, lo cual nos ha llevado a una situación bastante insostenible. Desde mediados del año 2009 estuvimos sufriendo constantes atrasos en el pago de las nóminas y no hemos cobrado nada desde diciembre. A finales de marzo propusieron a los empleados la reducción de plantilla que se hizo de forma voluntaria; las condiciones eran pagarles los atrasos en el momento de la firma del despido y varios pagarés para el pago de la indemnización (que liquidaron a 20 días/año). Se marcharon un total de 9 empleados de una plantilla de 42. De estos compañeros que se marcharon sé de algunos que no han cobrado todos los atrasos y ningún pagaré aún estando vencidos. Ahora nos han propuesto reducir la plantilla hasta dejarla en 5 ó 6 empleados. Las condiciones que nos proponen es irnos "sin un duro"; crearían una cuenta bancaria a la que derivarían las deudas de los clientes con menor riesgo de cobro y nos irían liquidando de esta cuenta a medida que fueran cobrando. Mis dudas son las siguientes:
1º Ante una suspensión de pagos, concurso de acreedores o quiebra ¿en qué situación quedamos todos los empleados despedidos? ¿Nos respalda esa cuenta paralela? Y los pagarés cursados a los otros compañeros ¿los cobrarán?
2º ¿Cómo puedo salir menos perjudicada: acepto las condiciones del despido o aguanto hasta el final?
Le agradecería una respuesta rápida, ya que tengo que contestar a la dirección lo antes posible de mi decisión.

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Bien (xxxxxx) no te recomiendo que llegues a un arreglo del tipo que te proponen pues puede ocurrirte lo mismo que les esta ocurriendo a tus compañeros que no llegues a cobrar nunca con el problema añadido de que en el caso de tus compañeros al llegar a un acuerdo extrajudicial con la empresa no podrán cobrar las indemnizaciones del FOGASA si al empresa se declarase improcedente. Si te quieren despedir perfecto, pero con el dinero por delante, bien en efectivo bien en cheque conformado bancariamente. Es verdad que si la empresa no tiene liquidez es posible que no te pague la indemnización en el momento en que te preavise pero tampoco en este caso puede aplazar dicha obligación indefinidamente y tiene que pagar en el momento en que exista esa liquidez. En caso de que no te paguen dichas cantidades lo que hay que hacer es reclamarlas judicialmente para en caso de que exista auto de insolvencia de la empresa responda el FOGASA subsidiariamente de las deudas dentro de los límites que se establecen en el artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores. También y dado que desde Diciembre no os pagan, podrías rescindir el contrato por impago de salarios, lo que te daría derecho a una indemnización mayor que la del despido objetivo (45 días por año de servicio con el límite de 42 mensualidades) y al cobro de la prestación por desempleo.
Te envío la dirección de mi blog particular donde podrás encontrar más información sobre temas relacionados con el derecho laboral y la prevención de riesgos laborales y donde te puedes poner en contacto con mi despacho profesional para el caso de que decidas denunciar:

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