Más de tres meses sin cobrar.

El pasado mes de marzo mi jefe (que es mi tío) dejó de pagarme sin darme ninguna explicación, en el mes de mayo puse las cartas sobre la mesa indicando que no podía aguantar más y que si no podían pagarme que podíamos negociar el despido, y lejos de por lo menos darme alternativas mi jefe (tío) se puso muy ofendido y me dejó caer que como era capaz de plantearle algo así con todo lo que él había hecho por mí... Como consecuencia de esto me dio un ataque de ansiedad bastante grande y el médico me dio la baja (aún sigo). Me puse en contacto con un abogado y me dijo que tenía que dejar pasar tres meses sin cobrar y que podía solicitar la resolución del contrato por incumplimiento del empresario.
Así lo hice, en junio mi abogado presentó unas papeletas (creo que se dice así) solicitando el impago y la resolución del contrato. La semana pasada fuimos a la cita del arbitraje y mi jefe se presenta con un cheque por los meses que me debía y dice que se niega a darme la carta de despido. En base a lo que me había dicho el abogado que me acompañaba yo creía que la resolución ya no era negociable y me encuentro que cuando terminamos la conciliación mi abogado me indica que tengo que volver a incorporarme y que ya no puedo solicitar la resolución porque me han pagado los meses indebidos, que ya se pondrá en contacto conmigo... Y nunca más se supo de él.
No sé que hacer, yo no puedo volver a incorporarme por mi propia salud, ya la doctora dice que la baja no me la puede mantener mucho tiempo más, y no puedo irme a la calle sin paro, además de que llevo más de 13 años trabajando para mi empresa y no quiero renunciar a lo que me corresponde. ¿Qué puedo hacer? ¿Mi abogado me ha tomado el pelo? ¿Tenía qué haber actuado de otra forma?

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Tu abogado, a mi forma de ver ha actuado correctamente;te comento:
1.- Tres meses de incumplimiento no es demasiado, el tibunal supremo dice que este ha de ser greve, reiterado y permanente e incluso en algunos supuestos se habla de mala fe por parte de este.
También he de decirte que si el incumplimiento es patente, este no se soluciona pagando, pues el atropello, el incumplimiento ya esta hecho aunque los tribunales lo tienen en cuenta.
2.- A mi juicio (y a los de los tribunales), y he llevado muchísimos procedimientos por la vía del art. 50 ET, este procedimiento es el adecuado para supuestos más graves que el suyo, la ley recoge para este tipo de supuestos una reclamación salarial añadiendo un 10% por morosidad en el pago.
3.- Por supuesto que se tiene que incorporar en cuanto corresponda, de lo contrario puede alegar (su tío) abandono del puesto de trabajo y quedarse sin nada.
Conlusion: Entiendo que su abogado le ha asistido bien al aceptar el dinero, lo contrario hubiese sido litigar con temeridad, también he de decirle que bajo mi opinión profesional no hubiese iniciado ese procedimiento tan pronto, sino uno de naturaleza más leve.
Haga de tripas corazón, y incorpórese cuando proceda, creame cuando le digo que es lo mejor, más adelante si vuelve a incurrir en incumplimientos se tomarían las medidas oportunas.
Si ud quiere y por supuesto sin el menor compromiso puede ponerse en contacto conmigo por aquí o por un medio más privado y le ayudare en lo que pueda.
Suerte y animo.
Muchas gracias, el problema está en que cuando acudí al abogado fue él el que me comentó que había que esperar tres meses cuando yo no hubiese tenido ningún inconveniente en esperar otro mes más o incluso hasta tres más si hubiese sido necesario.
Según he entendido, ¿de momento ya no puedo hacer nada y tengo que esperar a que exista otro incumplimiento?. Te comento, resulta que mi tío no notificó mi cambio de domicilio a la mutua y esta me ha llamado a varias citas a las que no he asistido, evidentemente él no me ha avisado de que la mutua quería citarme y de los peligros que eso conllevaba (no me ha llamado ni para saber cómo me encuentro), por tanto dice que junio no me lo paga porque la seguridad social tiene suspendido el pago.
Cuando me enteré de esto me puse en contacto con la mutua he hecho un escrito de alegaciones y he solicitado una nueva cita con la doctora a la cual asistí la semana pasada, y me han dicho que van a reiniciar el pago ya que era obligación de la empresa notificar el cambio de domicilio o haberme avisado de la suspensión del pago y que evidentemente yo no tengo culpa de ello.
Por tanto, a día de hoy vuelve a deberme la extraordinaria de junio y el mes de junio completo. ¿Cuánto tiempo tengo que esperar ahora? Yo lo único que quiero es desvincularme de mi tío por completo, he llegado al punto de plantearle que solo quiero la carta de despido para irme al paro y renunciar a mi liquidación, pero se niega a esto último también, estoy desesperado, no te imaginas lo mal que lo estoy pasando.
No debes confundir prestaciones con salarios, es decir no es análoga la prestación por baja medica que la reclamación de salarios en activo.
Puedes hacer varias cosas:
1.- Esperar por donde van los tiros, y en el momento oportuno actuar.
2.-Reclamar estos meses con el porcentaje que antes he mencionado.
3.- Esperar que el incumplimiento sea de mayor cuantía, de mayor gravedad y entonces de manera contundente resolver el contrato.
4.- Tu tío te esta presionando, para que te vayas por tu propio pie.
5.- Tu reclamación tendría que ir para la mutua, ahora y de momento si han subsanado el problema no hagas nada.
Un trabajo hay que cuidarlo aunque sea desagradable, la que esta cayendo no es para menos.
Me remito a lo anteriormente dicho, para lo que necesite.

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