Finiquito Ministerio de Justicia

Hola, acabo de cesar en una plaza que he ocupado, en el Ministerio de Justicia, como agente judicial, durante más de dos años, y quería saber si tengo derecho al cobro de algún tipo de finiquito o liquidación, así como al de las vacaciones no disfrutadas. Muchas gracias
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Lo puestos de trabajo de los funcionarios se rigen por las mismas leyes que los demás. Por lo tanto si tienes que tener finiquito, que se compondrá de:
1.- Los días trabajados del mes en que causas baja.
2.- La parte proporcional de las pagas extraordinarias, siempre y cuando no las tengas prorrateadas.
3.- Las vacaciones no disfrutadas hasta la fecha de baja, siempre y cuando no las tengas prorrateadas.
¿Y esos POR días por año trabajado, en concepto de liquidación? Es la duda que me queda, muchas gracias de nuevo
Pero has cesado o te han cesado.
Si has cesado tu, no tienes derecho a esos"X días por año" que me comentas

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