Periodo de prueba

Hola, buenas noches. Actualmente estoy en periodo de prueba en una empresa. Pactamos que éste sería de un mes, es decir, todo el mes de julio, porque consideramos que durante este tiempo se sabría de sobras si me adecuaba al puesto o no. El caso es que el que no está contento con el trabajo soy yo y mi pregunta es si tendría derecho a cobrar el paro si rescindiera el contrato durante el periodo de prueba o sólo podría optar a cobrarlo si lo rescindiera la empresa.
Gracias de antemano por tu ayuda.
Un saludo.

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Sólo puedes cobrarlo si lo rescinde la empresa. La ley es muy clara tienen derecho a desempleo los trabajadores que "por resolución de la relación laboral, durante el período de prueba, a instancia del empresario, siempre que la extinción de la relación laboral anterior se hubiera debido a alguno de los supuestos comentados en este apartado, o haya transcurrido un plazo de tres meses desde dicha extinción."

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