Excedencia por cuidado de hijos

Tengo una gran duda sobre este tema. Llevo 4 años en mi empresa y tengo contrato indefinido. Ahora mismo estoy disfrutando de mi baja maternal, pero cuando acabe quiero pedir una excedencia por 4 meses. La sorpresa es que al comentarlo en mi empresa, me contestan que tienen que mirar si me la dan, y que si me la dan, no tengo segura mi plaza una vez acabe la excedencia, porque dependerá de si tienen algún puesto vacante. ¿Esto es así?
También me gustaría saber si después de disfrutar una excedencia de 4 meses, volveré a tener mi contrato como indefinida.
Gracias y un saludo.

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El Art. 46.3 del Estatuto de los Trabajadores establece que los trabajadores tendrán derecho a un periodo de excedencia no superior a tres años para atender el cuidado de cada hijo, lo sea por naturaleza, como por adopción o por acogimiento, tanto permanente como preadoptivo, aunque éstos sean provisionales, a contar desde la fecha de nacimiento o, en su caso, de la resolución judicial o administrativa. También tendrán derecho a un periodo de excedencia, de duración no superior a dos años, salvo que se establezca una duración mayor por negociación colectiva, los trabajadores para atender al cuidado de un familiar, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente, enfermedad o discapacidad no pueda valerse por si mismo, y no desempeñe actividad retribuida.
El periodo en que el trabajador permanezca en situación de excedencia será computable a efectos de antigüedad y el trabajador tendrá derecho a la asistencia a cursos de formación profesional, a cuya participación deberá ser convocado por el empresario, especialmente con ocasión de su reincorporación. Durante el primer año tendrá derecho a la reserva de su puesto de trabajo. Transcurrido dicho plazo, la reserva quedará referida a un puesto de trabajo del mismo grupo profesional o categoría equivalente.
"También me gustaría saber si después de disfrutar una excedencia de 4 meses, volveré a tener mi contrato como indefinida".
Por supuesto que si, el contrato es el mismo.

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