Suspensión de contrato, indemnización y paro.

Muy buenas,
estoy trabajando para una promotora desde el 10/10/2005. Empecé con contrato de obra y desde enero de 2008 me han pasado a indefinido (a la vuelta de baja por maternidad y 2 meses de excedencia por cuidado de hijo).
La semana pasado se nos ha prospuesto (a mis 2 compañeros también) una suspensión de contrato de acuerdo mutuo hasta marzo. La realidad es que no va haber trabajo entonces. Les hemos dicho que no estamos de acuerdo, que si no hay trabajo, que acaben el contrato y que nos indemnicen... Nos han dicho que indemnización... Nada !
Mis preguntas son:
- ¿Nos pueden obligar a la suspensión?
- ¿Pueden no pagarnos el finiquito correspondiente?
- Si vamos hasta un juicio, ¿se cobra el paro ya o hay que esperar hasta el final del juicio?
Muchas gracias por adelanto.
Un saludo

1 respuesta

Respuesta
Si os quieren rescindir el contrato lo que tienen que hacer es despediros con el correspondiente indenizcaion que puedevariar dependiendo el despido, si es por causas objetivas seria de 20 días por año, más lo correspondiente a navid vaccioens etc .
Si no llegáis a un acuerdo en el SMAC tendréis que ir a juicio, lo cual no cobraras el paro hasta que resuelva, pero el tiempo que pase, contara como si estuvieses trabajando como salarios de tramitación .
El diniquito tendrán que pagarlo a no ser que el despido sea justificado .

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