Sustitución de un trabajador
El tema es que se niegan en primera instancia a sustituir a una trabajadora que ha caído de baja por enfermedad y que posteriormente cogerá la baja por maternidad, por tanto baja larga duración. En nuestro convenio dice literalmente "las sustituciones se deberán atender a partir del quinto día", pero pretenden ahorrarse su sueldo y que el resto de la plantilla asuma sus funciones, además por si fuera poco es una administración pública local (Ayuntamiento).
En tu opinión que debería hacerse, ¿pues el trabajador de baja tiene que cobrar del INSS y si se denunciase a la Inspección que consecuencias acarrearía?
Por otra parte alguna medida habrá que tomar para cubrir esta baja o toda la crisis la vamos a pagar los trabajadores.
En tu opinión que debería hacerse, ¿pues el trabajador de baja tiene que cobrar del INSS y si se denunciase a la Inspección que consecuencias acarrearía?
Por otra parte alguna medida habrá que tomar para cubrir esta baja o toda la crisis la vamos a pagar los trabajadores.
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Respuesta de manu2403
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