Absorción de mi empresa, cierre de la antigua

Mi empresa está en un proceso, digamos "raro". Sabemos que está en una situación de pérdidas, pero en ningún momento se ha dejado de pagar a proveedores y nuestras nóminas están al corriente. Pero hace un tiempo fue comprada por una gran multinacional. Ahora se rumorea que quizá la gran multinacional nos "absorba", creando una división de nosotros, pero dentro de su seno (antes éramos "empresa" independiente y ahora seríamos "división de"). Esto quiere decir, que quizá nuestra pequeña empresa se cierre para abrir la nueva, porque además se están liquidando saldos y lo están apresurando mucho todo para antes del 1 de enero.
Esta gran multinacional que nos ha comprado se dedica al sector nuestro de actividad, pero no exactamente a lo mismo, y no tiene personal para desempeñar la tarea que se hacía en mi empresa, ni a nivel staff, ni técnico ni de ningún tipo, ni tampoco tiene el know-how como lo tenemos nosotros.
Mi pregunta es: ¿En qué situación quedamos los trabajadores? Se rumorean muchas cosas, que si nos despiden a todos, que si sólo a unos pocos, ¿al abrir empresa nueva tienen obligación de subrogarnos a todos los trabajadores cuando lo que va a desarrollar la "nueva" es exactamente lo mismo que la "vieja"? ¿Qué ocurre si nos despiden? ¿Pueden cogernos en peores condiciones económicas y laborales? ¿Pueden "seleccionar" a unos sí y a otros vetarles la entrada a la nueva empresa?
Por otro lado, mi puesto es de mando intermedio, y mi puesto en concreto es único en la empresa y desempeño una función de suma importancia ya que gestiono casi toda la operativa diaria. Por la singularidad de mi puesto, si me despiden en este proceso, ¿podría lucharlo? ¿Tengo alguna ventaja frente a los trabajadores de inferiores categorías?

2 respuestas

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Depende de como sea el proceso cambia mucho la situación en la que quedas
a. Si la empresa es absorbida por la multinacional, pasaréis a ser trabajadores de la otra empresa con las mismas condiciones que teníais anteriormente, aunque suele haber un periodo de negociación entre empresa y trabajadores para acordar la forma de absorción.
b. Si la multinacional compra la otra empresa, pero no la absorbe, seguiréis en las mismas condiciones en las que os encontráis actualmente.
c. En el caso b. si la empresa cierra, tendréis derecho a una indemnización por parte de la empresa como un despido improcedente, aunque si tenéis perdidas desde hace tiempo, no creo que os den los 45 días por año trabajado.
Resumiendo:
Cuando una empresa es absorbida por otra, se abre siempre un tiempo de negociación entre la empresa y los trabajadores con el fin de explicar la situación en la que se quedaran los trabajadores. A algunos los despedirán directamente, a otros les prejubilarán y a otros los intentaran absorber en la nueva empresa con las condiciones que ellos tienen a sus trabajadores. Lo normal es que los trabajadores de la empresa absorbida salgan algo perjudicados, aunque en algunos casos hay primero un periodo de paz y luego empiezan las negociaciones.
En tu caso personal, al ser un mando intermedio, lo tendrás mejor en cuanto tienes una mayor responsabilidad y eres más difícil de sustituir.
Gracias.
En este caso ya te digo yo que la empresa no va a cerrar bajo ningún concepto así sin más. Quizá me expliqué mal. Lo que se podría plantear es que la empresa "vieja" cerrase sus puertas y la gran multinacional cree una exactamente igual para desarrollar la misma actividad.
Es decir, empresa antigua "A" cierra, empresa gran multinacional, crea empresa nueva "B" cogiendo todos los clientes de la "A", sus inmuebles, todo absolutamente.
Si antes éramos "empresa A" ahora seríamos una división de la gran multinacional.
¿Esto se puede hacer? ¿En qué condiciones? Porque como te digo, el nicho de mercado lo quieren mantener, no van a perderlo ya que es una empresa muy fuerte. A día de hoy somos parte de la gran empresa, que nos compró hace unos años, con lo que la vinculación es clara, pero como te digo, dejaríamos de ser una empresa del grupo para ser una división del grupo.
Espero haberme explicado ahora mejor.
Ah y se me olvidaba comentarte también: respecto a mi puesto concreto de mando intermedio (soy el único que ostenta mi categoría específica), ¿podrían despedirme y poner a otra persona en mi lugar? ¿Por ejemplo para colocar a alguien afín al jefe nuevo?
Gracias de nuevo
Si la multinacional compra tu empresa y la cierra, pueden:
a. Despedirte por cese de la actividad, tendríais derecho a indemnización y paro, aunque si no hay mucho efectivo poco os podrán dar.
b. No pagarte la indemnización a cambio de contratarte en la división de la multinacional, para esto se abre el periodo de negociación entre la nueva empresa y los trabajadores. Lo normal en ese periodo es que se plantee el convenio y las condiciones para trabajar en la nueva división, y como en toda negociación tendréis que ceder en algo.
¿Y aunque la nueva empresa se dedicase a exactamente la misma actividad y con los mismos clientes no contraería ninguna responsabilidad para con los trabajadores de la empresa vieja?
Sobre el tema de ser el único de tu categoría...
No por ser el único de tu categoría tu caso es diferente, porque pueden anular ese puesto y santas pascuas, será diferente porque tendrás unas capacidades y unas responsabilidades que harán que seas más imprescindibles que otros, y por lo tanto les interese que te quedes en la nueva empresa.
De todas formas, los mandos intermedios suelen ser los que salen mejor de estas fusiones, porque son los que realmente llevan el día a día de la empresa y los nuevos porpietarios no pueden sustituirlos porque no saben.
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Si tu empresa es absorbida por otra, la nueva empresa está obligada a subrogar a toda la plantilla, es implica que todos mantendréis la antigüedad, categoría, salario, condiciones actuales,... es muy importante exigir esta comunicación por escrito.
Si la nueva o actual empresa decide prescindir de alguno de vosotros, si el número de afectados fuera superior al 10% de la plantilla estarían obligados a tramitar un ERE, es decir, pedir permiso a la autoridad laboral para poder despediros, si no lo hicieran y reclamarais conseguiríais la nulidad del despido, si el ERE fuera aceptado aquellos despedidos tendrían derecho a una indemnización de 20 días por año trabajado o superior si antes de la aceptación del ERE negociarais otra cantidad.
En cualquier caso es muy importante asesoraros de forma directa, aportando documentación, para estar debidamente informados o al menos en la mismas condiciones de la empresa.
El caso es que no pueden prescindir de gente porque estamos hasta arriba de trabajo, sólo sería prescindir de los "rebeldes" y "sindicalistas".
Por eso, si los despiden, inmediatamente tendrán que sustituirlos porque el trabajo no saldría. ¿Eso se puede hacer? ¿Cerrar la puerta a algunos y sustituirlos inmediatamente por otros?
Por otro lado, con respecto a mi puesto como mando intermedio, ¿tengo alguna ventaja con respecto a categorías inferiores, ya que yo soy el único de mi categoría?
Gracias
Si la empresa despide y contrata a otros trabajadores para sustituirlos no podrá alegar causas objetivas, por lo tanto se tendría derecho a una indemnización de 45 días por año trabajado.
Si el trabajador despedido logra demostrar que el motivo del mismo es por ejercer su derecho sindical o por discriminación conseguiría la nulidad del despido, lo que implicaría la readmisión inmediata.
Respecto a tu permanencia no tienes ni más derecho ni menos que el que la empresa te quiera dar, tener una responsabilidad organizativa no te da derecho a permanencia en la empresa.

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