Despido por ERE

Mi empresa se encuentra en fase de negociación previa a un ERE. Puede la empresa incluir en un ERE a todo tipo de trabajadores, quiero decir embarazadas, trabajadores con reducción de jornada, ¿etc y la autoridad laboral no tiene nada de esto en cuenta a la hora de autorizarlo? Si en un departamento se encuentran varias personas con contratos temporales y la empresa incluye en el ERE a quienes llevan años en la empresa, ¿la autoridad laboral tampoco mira esto?

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Según el Estatuto de los Trabajadores, los únicos que tienen preferencia (pero no seguridad total) de permanencia en un ERE son los delegados de personal y miembros de comité de empresa, pero no las embarazadas ni los de jornada reducida. Además la autoridad laboral no sabe quién está embarazada y/o con reducción. Ahora bien, si da la "casualidad" que todas la embarazadas y reducidas van en el ERE sólo se lo tenéis que comunicar a la autoridad laboral vosotros mismos o bien que cada uno interponga su demanda individual de despido nulo por vulneración de sus derechos fundamentales.
En cuanto a los temporales, como probablemente tengan contrato temporal en fraude (lee sobre eso en mi web), cuando los vayan a finalizar después del ERE podrán demandar por despido improcedente.
Muchísimas gracias por tu aclaración. ¿Entonces la única opción que queda es esperar a que hagan pública la lista con nombres y apellidos de las personas propuestas para ser despedidas y denunciarlo después? ¿Si no todas las personas con reducción de jornada estuvieran dentro del ERE se podría impugnar igualmente o no? Por otro lado, ¿la Autoridad Laboral entonces no revisa las condiciones de cada trabajador incluido en el ERE? Quiero decir, ¿la Empresa puede meter a quien quiera aunque no esté justificado que sea ésa y no otra la persona de la que quieren prescindir?
Muchas gracias de nuevo. Espero tu respuesta.
Ante la autoridad laboral tienes que justificar porqué prescinden de por personas, y según al caso porqué son tantas personas de un departamento y tantas de otro. Pero no porqué es fulanito o menganito. Eso son derechos individuales. Obviamente antes de que se haga pública la lista no hay nada que hacer.
Hola, Joseaf. Tenía entendido que las trabajadoras en reducción de jornada tenían preferencia de permanencia en la empresa ante un ERE. Además, a una de las personas de mi departamento le cumple el contrato temporal en diciembre. ¿Podrían incluirme en el ERE justificando que prescinden de mi puesto como responsable del departamento, dándole mis funciones a otro compañero, al tiempo que renuevan a esta persona temporal para mantener la viabilidad del departamento? Muchas gracias por su ayuda.
Ya te he dicho que la reducción no da ninguna preferencia.
En cuanto a lo otro, eso sí sería despido improcedente si puedes demostrarlo.
Recomiendo este libro para informarse sobre derechos laborales y demás asuntos legales en el trabajo
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