Trabajo como subalterno conserje para una contrata y tengo dudas sobre el nivel de estudio

Buenas tardes, trabajo como subalterno conserje para una contrata, en mi primer contrato temporal que me hicieron ponía en fomación académica que tenía el graduado escolar, lo básico, hace un año me hicieron indefinido y en dicho contrato en en espacio de formación académica esta en blanco, ahora tengo bachilletaro y he hecho varios cursos de FP que no tiene nada que ver con el trabajo que realizo, según mi convenio por titulaciones que tengan que ver con la labor a desempeñar entraría en otra categoría laboral superior, ¿puedo reclamar algo a mi empresa?
Al tener turnos rotativos trabajo fines de semana y festivos (cuando me tocan), he reclamado a la empresa el plus por turnicidad y lo de los festivos y me han dicho que no viene nada de esos pluses en mi convenio, me dicen que se ciñen al convenio que es el de oficinas y despachos, me han dicho que me están pagando un plus de transporte que no me corresponde pero que por tener un sueldo tan bajo me lo han metido en la nomina, dándome a entender de que encima que me están pagando de más que no pida tanto.
Tampoco llego a las horas mensuales que aparece en mi contrato, de las 160 que pone hago 128 ya que tengo que trabajar algún fin de semana donde trabajo 14 horas seguidas un sábado y 14 el domingo y luego ellos me dan una semana libre con lo cual mi contrata no sabe ni que horario tengo, la que dictamina los turnos es donde presto servicio no mi contrata. Entonces tengo dos opciones reclamar si es que tengo derecho a cobrar más por los pluses o callarme para que no me quiten dinero o me hagan trabajar más días. ¿Qué me recomienda?
Un saludo.

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Si tu titulación académica ha cambiado y ahora puedes optar a una categoría profesional superior, pues sí que deberías presentar certificados a tu empresa para que te reconozca tu categoría y adapte tu salario a la nueva optenida.
Respecto a los pluses obviamente que no puedes exigir unos pluses que no aparecen en tu convenio, pero sí que te expecifiquen la jornada de trabajo, aunque esta pueden hacerla semanalmente, pero si en tu contrato aparecen 160 horas, sí que deberían de pagarte 160 horas aunque hagas menos, ya que no es culpa tuya, o varían la cantidad de horas semanales y ponen las correctas o que te paguen el total que aparecen en tu contrato pues de lo contrario podrías reclamarlas.

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