Sin cobrar!

Buenos días! Muchas gracias por tu tiempo.mi caso es que el día 24/11/10 me despidieron por no superar el periodo de prueba que tenia que constaba de 6 meses. Firme la carta del despido y me dijeron que me pasara por la oficina el lunes 29/11 para firmar la liquidación y las vacaciones pendientes y demás, al llegar allí me dijeron que me harían el pago por transferencia bancaria y a día de hoy nada! Lo que yo tenia entendido era que si te despiden, ¿los papeles y liquidación deberían estar listos desde el mismo día 24 y si no es así que es lo que hacer porque estoy pensando en denunciarles preo no se si puedo? Muchas gracias por todo!

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Pues siento decirte que has podido cometer algunos errores. En primer lugar te expongo este párrafo de los Estatutos de los Trabajadores:
Artículo 14. Período de prueba.
1. Podrá concertarse por escrito un período de prueba, con sujeción a los límites de duración que, en su caso, se establezcan en los Convenios Colectivos. En defecto de pacto en Convenio, la duración del período de prueba no podrá exceder de seis meses para los técnicos titulados, ni de dos meses para los demás trabajadores. En las empresas de menos de veinticinco trabajadores el período de prueba no podrá exceder de tres meses para los trabajadores que no sean técnicos titulados.
Por lo que si no eres un técnico titulado no pueden despedirte por no superar el periodo de prueba.
En segundo lugar decirte que no se debe firmar un finiquito antes de cobrarlo, no sé exactamente si lo has hecho, me dices que fuiste y que te dijeron que te harían transferencia, espero que no firmaras sin cobrar.
Y en tercer lugar, las empresas disponen de 72 horas para abonar o ingresar en el Juzgado de lo Social, el finiquito de un trabajador despedido, por lo que a partir de ese tiempo ya puedes interponer demanda por falta de pago e incluso demanda por despido improcedente si como te digo en el primer punto han cometido la irregularidad de hacerte un periodo de prueba no legal.

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