Imposición de reducción de jornada(riesgos)

Mi jefe me ha impuesto reducción de jornada i salario al 50% por falta de trabajo.
Me dice que seguirá pagando la seguridad social al 100%.
¿Si no hay comunicación por escrito, puedo perder algún derecho?
Mi contrato es indefinido desde hace 9 años.

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En primer lugar la empresa no te puede imponer de forma unilateral el cambio de jornada, tiene que ser acoradada por ambas partes comunicándolo al INEM, es decir eso se conoce como modificación sustancial de las condiciones de trabajo.
Por otro lado, no se puede trabajar un 50% de la jornada y cotizar el 100%, salvo que no se formalice nada ante el INEM ni la Seguridad Social y trabajes ese 50% y la nómina siga siendo del 100% y obviamente te paguen realmente ese 50%.
El perjuicio que puedes tener si se formaliza legalmente esa reducción de jornada en que si dentro de algún tiempo te despiden el sueldo que fije la indemnización será del 50% y el paro que cobres será también del 50%.
Suerte.
Cuando me refiero a riesgos, quiero decir por ejemplo: despido por asistencia solo
media jornada, posibles reclamaciones legales en cuanto a la vuelta a jornada
normal o indemnización por despido improcedente.
Muchas gracias.
Pues efectifamente ese es el riesgo que se corre con esta reducción de jornada, la que te comentaba en el mensaje anterior.

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