¿Debería trasladarme mi empresa?

Estoy embarazada y el único inconveniente que tengo para trabajar es el desplazamiento desde mi localidad a mi lugar de trabajo ya que se encuentra a más de 35km desde mi residencia. Desde que me enteré de mi estado lo comuniqué a la empresa y les rogué que me dieran el traslado a mi localidad ya que debido a las nauseas y vómitos no me venia bien conducir casi 2h diarias y me dijeron que era imposible. Mi médico de cabecera me ha dado la baja ya que no podía seguir en esas condiciones...
Tengo varias dudas:
- ¿Estaba la empresa obligada a trasladarme por mi estado y porque el desplazamiento es un riesgo innecesario? ¿Qué puedo hacer si se siguen negando?
- Si tengo que seguir de baja médica, ¿pierdo semanas de maternidad o sueldo cuando dé a luz? ¿Cobraría lo que indica en las contingencias comunes? Es que me han comentado que puedo intentar darme de alta e intentar solicitar la baja por riesgo de embarazo, pero no sé los beneficios que tendría y si tampoco me la dan no sé que podría hacer, puesto que me es imposible conducir...
-Si no puedo hacer nada ahora, cuando nazca mi bebé, ¿están obligados a trasladarme a mi localidad? Porque voy a pedir reducción de jornada y si me lo paso en el camino no entiendo el beneficio en tiempo para poder estar con mi bebé...

1 respuesta

Respuesta
1
De momento es buena solución la baja médica para evitar que se complique el embarazo. Si tu médico de cabecera estima que existe riesgo para el embarazo el desplazamiento hasta tu puesto de trabajo podrías optar por solicitar el riesgo durante el embarazo a la mutua de tu empresa, tendrías que entregar una solicitud aportando unos certificados de la empresa y si te lo concedieran tendrías derecho a una prestación hasta el momento del nacimiento consistente en el 100% de tu base reguladora.
La baja médica no te descuenta nada de la prestación por maternidad. Pero si no tienes mejoras salariales por convenio colectivo, la prestación durante la baja médica es inferior al salario mensual (pero esto no afectará a los 112 días de prestación por maternidad), por lo que siempre te interesaría el riesgo durante el embarazo.
Respecto a la obligación de la empresa a trasladarte a tu localidad depende de las condiciones de la empresa, puede ser motivo durante el embarazo o durante la lactancia si se establece que el riesgo es el desplazamiento, pero no para desempeñar el trabajo habitual, por lo que si en el futuro solicitas una reducción de jornada por guarda legal tendrías derecho a elegir el horario de trabajo pero no al cambio de centro de trabajo, de forma general, ya que habría que estudiar lo que establezca tu convenio colectivo o acuerdos personales con la empresa.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas