Maternidad

Me llamo Fátima y tengo 27 años, en junio cumplo 2 años en una empresa multinacional en la que estoy muy contenta y trabajo a gusto.
Mi marido y yo nos hemos planteado tener nuestro primer hijo, pero me encuentro desanimada por la dificultad en horario de mi trabajo con un bebe, y quiero informarme bien sobre las prestaciones tanto económicas como laborales que me corresponden.
En España, las trabajadoras tenemos derecho a 16 semanas de baja por maternidad. Tras estas semanas la madre tiene opción a extender el permiso hasta 20 semanas más, pero sólo a media jornada y exclusivamente si llega a un acuerdo con la empresa o, también se contempla la opción de que la madre y el padre establezcan turnos de mañana y tarde para atender a su bebé. Tras la baja por maternidad las madres tenemos derecho a una hora de lactancia, pedir una excedencia hasta que el niño cumpla tres años o solicitar una reducción de jornada si el niño es menor de seis años. Corrígeme si me equivoco en algo.
Mi primera pregunta es sobre si es necesario el acuerdo de la empresa para la reducción del horario laboral por maternidad una vez se haya terminado la baja por maternidad, si se puede negar a que me acoja a él o depende solo de mi decisión y que reducción de horas permite (¿se puede trabajar más de media jornada?) También saber hasta que edad del bebe me puedo acoger a esta reducción de jornada laboral.? Me han dicho que en lugar de hasta 6 años es hasta 8 años.
Ya que mi horario es de 8.00 a 14.30 y de 16.00 a 18.30, en horario normal, y en los meses de verano, julio y agosto de 8.00 a 15.00h. A mi me gustaría poder trabajar de 8.00 a 14.00 (haciendo una reducción de 3 horas en mi jornada diaria normal y una hora en jornada de verano)
La Seguridad Social abona una ayuda económica durante el tiempo que se esté de baja. El requisito es que alguno de los padres debe haber estado afiliado durante al menos nueve meses antes del día del parto y haber cotizado un mínimo de 180 días, al menos cinco años antes del parto. En el caso de ser trabajador a tiempo parcial el periodo de cotización se computará según las horas que haya trabajado. El importe de esta prestación se calcula según la base reguladora de cotización a la Seguridad Social (resultado de dividir el importe de la base de cotización del trabajador en el mes anterior al de la fecha de baja por el número de días a que dicha cotización se refiere), que normalmente es del 100%.
¿Dónde puedo informarme sobre este prestación económica de la seguridad social? (Web o estamento oficial)

1 Respuesta

Respuesta
1
Te cuento de forma genérica cual es el procedimiento y si queda alguna duda me preguntas, en principio todo es según lo que has indicado:
La prestación de maternidad es de 112 días desde el día del nacimiento del niño, la cuantía el 100% de la base reguladora (base de cotización del mes anterior al nacimiento), la prestación la pagará el INSS en pago directo, tienes que solicitarla con el certificado que te de la empresa, aquí pueden informarte de todas tus dudas.
Una vez terminada la prestación tienes derecho a acumular lactancia, el número de días será el establecido en tu convenio colectivo y en caso de no decir nada tendrías que calcularlo y llegar a una acuerdo con la empresa, pero la decisión es tuya. Y a continuación podrías disfrutar las vacaciones, sobre todo si cambias de año y las tienes pendientes.
El siguiente paso sería la excedencia o la reducción de jornada. Por guarda legal la reducción será entre 1/8 y 1/2 de la jornada hasta que el niño cumpla los 8 años, el horario lo eliges tú y la empresa está obligada a aceptarlo (salvo excepciones).
Muchas gracias por la respuesta, me ha aclarado y confirmado lo que pensaba.
Me surgen algunas dudas, una de ellas es saber cuanto tiempo de lactancia tengo. Tengo entendido que me corresponde 1 hora al día hasta que el niño cumpla los 3 años (¿es correcta la edad?), y que eso como has apuntado, lo puedo acumular en un sólo período después de terminar la baja por maternidad. ¿Cómo se calcularía a 8 h al día? ¿O sobre mi jornada de 9h al día?
Voy a informarme como me has dicho en el INSS, sobre el salario y prestariones monetarias.
Muchísimas gracias
F.
La lactancia acumulado si no dice nada el convenio colectivo se calcula en función de una hora al día (por cada día laborable) desde el fin del descanso de maternidad hasta que el niño cumpla 9 meses (no tres años), te dará un número de horas que podrás acumular de forma continuada desde la finalización de la prestación de maternidad, en la practica será entre 20 y 30 días naturales, aproximadamente.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas