Hola, ¿Me pueden cambiar la reducción de jornada?

Llevo trabajando 4 años en un supermercado. Cuando entré mi contrato fue de 24 horas semanales. A los 18 meses aproximadamente cambie de lugar de residencia y solicité un traslado a la provincia donde iba a residir, pero me ofrecieron 40 horas semales y las acepté. Después de unos meses a 40 horas no puede afrontar el cambio y el tener 2 hijos como tengo y me hice una reducción de jornada por maternidad a 32 horas laborales. El horario fue puesto por escrito de mutuo acuerdo, pero verbalmente hicimos otro horario, el cuál siempre he cumplido. Cuando se hizo reforma en la tienda, la inspectora que había en ese momento me propuso volver a cambiar el horario y por no montar "follón" accedí, todo esto de forma verbal. Hace 2 meses intenté volver al primer horario verbal que formulamos o sino podía ser, me volvía a reducir la jornada a 30 horas semanales y quitarme los sábados, ya que mi marido ahora también trabaja 2 sábados al mes y no podemos atender a los niños. La respuesta de la empresa fue rotundamente negativa y no contenta con eso me dijo que al cambio de jornada laboral a 40 horas sólo fue un ampliación y que no puedo estar a 32 oral semales que o vuelvo a 40 horas o me tengo que reducir la jornada en función del primer contrato de 24 horas. Mientras he seguido igual, pero el próximo 31 de marzo se me acaba la reducción que renové por un año y me obligan a volver a 40 horas o reducirme el horario en fusión de las 24. ¿Pueden hacer eso? ¿No sirve de nada haber estado a 40 horas? ¿No se reduce la jornada laboral en fusión del horario que estás disfrutando en el momento de la reducción? Tengo muchas dudas y muchas más preguntas.

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En primer lugar deberías tener clara la jornada real de trabajo, para ello solicita una vida laboral en la TGSS, si tienes un contrato código 100 implicaría que tu jornada real es de 40 horas semanales, si tienes un contrato 200 estarías a tiempo parcial.
Sobre la jornada real que tengas tienes derecho a reducir la jornada de trabajo por guarda legal si tienes un hijo menor de 8 años, hasta los 8 años de edad de este, el horario de trabajo y el porcentaje de reducción lo eliges tú dentro de los límites legales, y la empresa no puede negarse.
Si no tuvieras derecho a reducción de jornada tendrías que realizar la jornada pactada, vista la situación la que tuvierais por escrito o la reconocida en la seguridad social, esta jornada no se puede modificar salvo que estuvierais de acuerdo ambas partes.
En el informe de vida laboral consta:
del 6.3.2007 al 2.1.2009 - C.T. 289
del 3.1.2009 al 31.3.2009 -C.T. 189
del 1.4.2009 al -------------  C.T. 189
Este último son las reducciones de jornada a 32 horas que he ido prorrogando por año y me caduca el año el 31 de marzo. Para poder vovel a prorrogar, ya que mi hijo pequeño tiene 5 años, dicen que me tengo que acoger al primer contrato del 6.3.2007. ¿Es cierto? ¿O cómo antes me indicó consto como 40 horas y no me pueden obligar? Gracias
El modelo 189 es transformación a indefinido a tiempo completo, por lo tanto trabajas las 40 horas y sobre estas tienes derecho a reducir.
En la guarda legal no existen prórrogas, tú decides cuanto tiempo quieres reducir mientras tengas derecho a ello, hasta que tu hijo tenga 8 años. Cualquier otra cosa que te indiquen no es cierto.
No pueden obligarte a reducir de forma unilateral el contrato, actualmente tu contrato es a tiempo completo y cualquier cambio impuesto implicaría una novación, a la que te puedes negar.
Si tienes problemas lo mejor sería que buscaras ayuda profesional de forma directa para que te ayudaran a reclamar tus derechos.

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