Puden echarme después de mi excedencia por maternidad

Me tengo que incorporar por una excedencia de un año por cuidado de hijo. Lo he comunidado a mi empresa con una carta, que me voy a reducir la jornada. Y me han dicho que a lo mejor no vuelvo, que mi puesto ha desaparecido (soy administrativa, eramos dos en la empresa y ahora ella lo hace todo, por la crisis). O que a lo mejor me reducen la jornada más aún.
Preguntas.
¿Pueden echarme? ¿Sería un despido improcedente? ¿Pueden reducirme la jornada?
Si me incorporo, ¿cuánto tiempo tiene que pasar para que me echen?
¿Me pueden adelantar las vacaciones, para que vuelva en septiembre?
Muchas gracias, un saludo.
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Art. 46.3 del EETT. Si la excedencia no es superior al año tienes reserva de puesto. Si es superior al año ya sólo a un puesto dentro de tu categoría.
Es decir, si no ha pasado el año, tienes derecho a volver a tu mismo puesto de trabajo.
Si te despiden, en tu situación, seria despido nulo (art. 53.4.b del EETT), lo que significa que, te pueden despedir, pero si vas a juicio tienes todas las posibilidades de ganar, es decir, tú decides si vuelves a trabajar o cobras la indemnización. En otras situaciones es la empresa la que decide si pagar o readmitir.
Como tu te has pedido la reducción de jornada, estas también en esa situación (por pedri excedencia cuidado de hijo y por reducción de jornada), es decir sería nulo.
El plazo que se establece es de nueve meses desde el nacimiento.
Con respecto a las vacaciones, tienen que estar pactadas entre trabajador y empresario.
Espero haber contestado a todas las preguntas.
Un saludo y suerte
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Si voy a juicio tengo todas las de ganar, ¿ganaría volver a la empresa y después me garantizan que no me echaran?.
¿Y en que situación es la empresa la que decide si vuelvo o paga?
Respecto a que tiempo tiene que pasar si me incorporo para que me puedan echar, ya que los 9 meses de mi hijo ya los ha pasado por mi excedencia de un año. No me queda claro eso.
¿Me pueden reducir la jornada más de lo que yo solicito?
Si justifican que la empresa no necesitan cubrir mi puesto, por la crisis. ¿No sería un despido IMPROCEDENTE?
Gracias, un saludo.
1.- Garantizar que no te van a echar, no te lo garantiza nada. El despido en España es libre, sólo hay que pagar la indemnización.
2.- En un despido en una situación normal. Es decir si estas embarzada, has dado a luz, estar con reducción o tienes cargo sindical o de prevención, sólo en esos casos son cuando el trabajador tiene la decisión en su mano. En el resto la decisión es de la empresa.
3.-Los nueve meses operan a la vuelta de baja maternal.
4.-La reduciión de jornada es decisión exclusiva del que lo solicita. La empresa no puede obligarte a que solicites más.
5.- En tu caso sería un despido nulo por lo ya explicado.
Un saludo
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