Fin de contrato por obra y servicio

Buenos días, el 31 de julio finaliza el proyecto por el que tengo contrato por obra y servicio y por tanto la empresa va a prescindir de mis servicios. Al finalizar de forma natural, que no interrumpirse, ¿tengo derecho a los 8 días por año trabajado?. En mi caso, al haber trabajado durante 2 años y 4 meses, ¿tengo derecho a 16 días por los 2 años más los que correspondan a los 4 meses restantes? Muchas gracias.
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Así es, como tú dices.
Eso siempre que tengas un contrato de duración determinada o por una obra concreta. Quiero decir, si tienes un contrato temporal de la construcción, la indemnización que te corresponde sería la del 7% sobre tablas salariales de tu categoría.
Supongo que tendrás un temporal normal (401), ¿no?

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