Calculo de finiquito por termino de contrato

Hola me gustaría que me ayudasen ya que ue es mi primera vez que me enfrento a esta situación los datos son los siguientes:
Comienzo de contrato 01 de Noviembre de 2010
Termino de contrato 31 de julio de 2011
Sueldo a pagar es de 1200 € mensulaes
Salario Base 1095 €
Plus convení 70.40€
P.P. Pagas extraordinarias 285.58€
No he disfrutado vacaciones hasta la fecha
Esperando que me ayudasen a calcular el pago final y si existiesen otro tipo de información adicional que necesiten estoy a la espera
Agradecida
karem
¿Me pueden enviar al aro el mes de agosto y contratarme de cero nuevamente?

1 respuesta

Respuesta
1
Imagino que tiene un contrato temporal, por lo tanto le deberán abonar 8 días de salario por año trabajado. Si tuviese otro tipo de contrato la indemnización sería defirete.
Así le corresponde una indemnización de 6 días, es decir, de 286,20 €
Y sí, le pueden enviar al paro en agosto y luego contratarle de nuevo.
Se me olvidaba las vacaciones no la ehe disfrutado y lo conversado es que me las pagaras me gustaría saber a cuanto ascendería para así poder calcular elñ finiquito.
Gracias por la respuesta anterior
karem
Le corresponderían 17 días de vacaciones, es decir, 822,22 € en concepto de vacaciones no disfrutas.
Más los 285,58 en concepto de indemnización.
En cuanto a las vacaciones yo tenia entendido que por mes trabajado correspondías 2.5 días por mes por 9 meses trabajados total 22.5 días haber si me aclaras este punto porque te salen 17 días .
Atentamente
karem
Usted me comentan que la despedirían en el mes de agosto:
Y por lo tanto ha trabajado 7 meses, 7 x 2,5 = 17,5 Y no se pagan fracciones, sino días enteros.
Para aclarar:
Comienzo de contrato 01 de Noviembre de 2010
Termino de contrato 31 de julio de 2011
Son 9 meses
Gracias
Lamento informarle que las vacaciones correspondientes al año 2010 debió disfrutarlas en el año 2010, y no se pueden disfrutar en el año 2011. Por ello sólo se tiene en cuenta desde el 1 de enero, dado que el plazo máximo para disfrutar sus vacaciones de 2010 finalizó el día 31 de diciembre.
También debe saber que las vacaciones del año anterior no pueden ser remuneradas con dinero, sino con el efectivo disfrute antes de la finalización del año.
En consonancia con lo anterior, las vacaciones que le deberán indemnizar son las de 2011, es decir, 7 meses.

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