¿Tengo derecho a revisión del I.P.C.?

Saludos.Mi situación es la siguiente:A consecuencia del trabajo anterior y estando en situación de desempleo, a punto de finalizar la prestación tuve que acogerme a la baja a cargo de la S.S. Estoy en período de rehabilitación tras haber sido operado y llevo 27 meses de baja percibiendo de la S.S.en base al cotización en el período laboral último y mi pregunta es. ¿Tengo derecho a la revisión de lo percibido en el año 2002 por la diferencia con el I.P.C.? Agradecido J.I.V.

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Espero que te mejores pronto, al cobrar una indemnización temporal se calcula con una base de contingencias comunes o profesionales, dependiendo del caso.
En tu caso no tienes derecho a una revisión del IPC al cobrar una indemnización temporal.
Si estuvieses cobrando una indemnización permanente, si tendrías derecho a la revisión del IPC
Estoy asustado por la rapidez de la contestación. Habría preferido otra respuesta pero es la que es.Ya no tengo ninguna duda. Muchísimas gracias por su atención .Un saludo de J.I.Vicente

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