Febrero: ¿28 o 30 días?

Esta es la segunda vez que te consulto porque en la primera ocasión me ayudaste bastante. Sucede que llevo trabajando en mi empresa desde hace más de un año a jornada completa (40 horas) pero con motivo de una reetructuración mi jefe me ha ofrecido pasar a media jornada (20 horas) y como me venía bien he aceptado. Mi problema es que el cambio se ha producido a partir del 15 de febrero y en mi nómina me han pagado 14 días como jornada completa y otros 14 como media jornada, total los 28 días de febrero. Mi pregunta es: ¿Es correcto que hayan hecho los cálculos sobre una base de 28 días o deberían haberlo hecho sobre una base de 30 días? ¿Me tienen que remunerar esos 2 días "fantasma"? A fin de cuentas el año pasado mi nómina de febrero estaba sobre una base de 30 días, y los meses que tienen 31 días yo no cobro un día más.

2 Respuestas

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Si tu nomina tiene una base salarial mensual no diaria deberían habértela hecho de forma proporcional es decir 1/2 del mes toda la jornada y la otra mitad media jornada no por días. Deduzco que este es tu caso ya que cuando hay 31 días no te pagan uno más.
Gracias por la rapidez. Pero aún tengo dudas y es que como puedes ver, sí que han hecho medio mes como jornada completa y medio mes como jornada parcial 14+14=28 días que tiene Febrero. Mi pregunta es si debería haber sido 15+15=30 días que tiene un mes laboral. Es decir, que con esta maniobra y creo que me han quitado 2 días de sueldo (y no es broma, ya que en mi caso equivalen a 20.000pts o 120 euros). ¿Piensas qué con la ley en la mano, se los puedo reclamar?. Muchas gracias.
Si te han dividido el sueldo normal de un mes entre 28 y luego han multiplicado por 14 para la jornada completa esta bien calculado ya que es igual que entre dos como te he indicado yo, si han dividido tu sueldo normal de un mes entre treinta y lo han mutiplicado por 14 para la jornada completa si te lo han calculado mal.
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Te tienes que remitir al convenio colectivo. Si el calculo de la nomina hce referencia a 30 días, se computa los 30 días en todos los meses del año, como te pasaba anteriormente.
Pero ahora has pasado a un contrato a tiempo parcial y hay que remitirse al convenio para ver el calculo de la nomina. Si el convenio se refiere que el calculo de la nomina se tiene que hacer diario esta bien hecho, pero si el convenio dice que el calculo es de 30 días tendrás que reclamar esos 2 días.
Gracias por tu ayuda. En mis nóminas siempre han figurado 30 días independientemente de que ese mes tuviese 31, por lo tanto me deben 2 días. Gracias.

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