Ayuda cálculo finiquito

Me gustaría que alguien me ayudara a realizar mi finiquito, pues no estoy segura de si lo estoy haciendo bien.
Es un despido improcedente,
Termino el 31 de julio de 2008 y llevo desde el 1 de febrero de 2006.
Cobro 26.000 euros brutos al año, dividido en 14 pagas, más un plus de desplazamiento de 100 euros al mes.
Mi jornada es de 8 horas.
He gastado 2 días de vacaciones.
No sé si falta algo.

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Respuesta
1
Vamos a coger la calculadora a ver que sale:
Neto mensual: 1422,42 ; Salario diario: 47,41
Esto lo he calculado con unos datos genéricos por lo que el neto puede variar. En todo caso deberá usarse el incluido en nomina.
Indemnización por despido improcedente: 40 días por año por 2,5 años trabajados son 100 días de indemnización: ¿4741?
Por vacaciones no disfrutadas: 15 días que tenemos menos dos gastados son 13 días: ¿616,33?
La nomina del mes en curso debe incluirse salvo que se pague aparte del finiquito.
Las pagas extraodinarias dependerán de la forma de calculo: ¿Si es calculo por semestres corresponde el cobro integro de la paga de verano por importe de 1560?. Si es por años corresponde la paga de verano entera y media de la de navidad ( 6/12 meses)
Con estos datos se incluyen todas las partidas necesarias para estimar el importe del finiquito
Un saludo
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Todo sobre trabajo y empleo en:
http://historiasparanocurrar.blogspot.com/
Efectivamente el neto mensual es el indicado.
Respecto a la indemnización por despido improcedente tenía entendido que son 45 días por año trabajado no 40, por lo que a mí me salen 112,5 días. ¿Estoy en lo cierto?
Las vacaciones no disfrutadas serían de 7 meses, no de medio año, por lo que me salen 17,5-2= 15,5 días.
La paga extraordinaria serían 1560 correspondiente a la de verano más un mes correspondiente a la de Navidad supongo que dividido entre 6= 260 euros.
Tengo la duda de si el plus de desplazamiento ¿pinta algo en el finiquito o no? ¿Y qué retenciones tendría?
Muchas gracias!
Esta claro que a fuerza de responder lo mismo ya no se si no lo que me digo.
Efectivamente son 45 días no 40 y por tanto la cifra son 112,5 días de salario.
Sobre el pago de la extra si es semestral seria tal y como se indica incluyendo julio como primer mes de la 2º extra.
En cuanto al plus de desplazamiento, por ser un complemento laboral, no nos entra dentro de los cálculos ya que no es un complemento salarial sino de carácter accesorio, como compensación por los gastos de transporte.
En cuanto a retenciones, si hacemos los calculo sobre el sueldo neto, los resultados salen también netos por lo que la retención ya estaría considerada si fuera preciso.
Un saludo
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Hola!
Muchas gracias por la ayuda.
Entonces se aplican las mismas retenciones a la indemnización, las vacaciones no disfrutadas, etc, tanto de seguridad social, ¿contingencias comunes e irpf?
Correcto, se le aplican tal como si fueran rendimientos de sueldo habitual pues lo consideramos como rendimientos de trabajo.

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