Se acumulan los días de trabajo en un erte cuando se cobra el paro unos días al mes?

Trabajo en una empresa en la que desde el año 2009 hemos ido haciendo erte con días sueltos al mes según la carga de trabajo, comencé el erte con 720 días reconocidos y a lo largo del tiempo he consumido 300 días de los 720, casi todos los meses he cobrado algún día, mi pregunta es: ¿Se acumula paulatinamente el derecho de prestación siempre que siga cogiendo el "paro" antiguo?, ¿Es decir voy acumulando días aunque no genere derecho de cobro hasta que acumule de nuevo 6 años trabajado con interrupciones mensuales como he dicho o por el contrario lo máximo que puedo encadenar son "por" días? . Siento que esto esta un poco lioso, pero me han dicho que si antes de trabajar 360 días seguidos cojo el paro algún día, se siguen acumulando para la generación de un próximo derecho de manera que iría gastando el paro viejo y generando nuevo hasta que agotase el paro viejo y después de trabajar un año seguido se sumaria el resto de lo que se iba acumulando.

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Cobras el paro y los días que trabajas van a una nueva bolsa de paro. Cotizados en esa nueva bolsa 360 días ya tienes un nuevo paro disponible. Como son interrupciones intermitentes seguirás cobrando el viejo y el nuevo quedará a la espera de una futura extinción de contrato o un ERTE que realice en un futuro la empresa y ya no tengas días del antiguo paro que consumir.

si al generar un nuevo derecho opto por seguir con el viejo, al volver a trabajar de nuevo un año a lo largo de 16 meses y volver a optar de nuevo a un nuevo derecho generado por volver a quedar en paro, el nuevo derecho seria solo por el año trabajado que generan por días o habría que sumarle también los días del paro nuevo que en su día no elegí, quiero decir que si mientras no coja paro nuevo voy acumulando días de los nuevos paros que vaya generando aunque para poder coger esos días debería antes trabajar al menos un año para adquirir el derecho de cobrar. gracias de antemano y perdón por el lio.

Cobras de la bolsa de paro A y al mismo tiempo cotizas y generas una bolsa de paro B.

Sobre el tema de si pierdes lo que no eliges decirte que en el momento en el que estés trabajando 12 meses o mas se genera el derecho de opción si quedas en paro, o eliges el paro que te queda de la bolsa A o el que has generado en la bolsa B. El que no elijas lo pierdes y no puedes solicitarlo y no se tienen en cuenta esas cotizaciones para una futura prestación.

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