Finiquito por fin de obra

Llevo trabajando en una empresa desde el 8 de enero de 2001 con un contrato laboral indefinido hasta finalización de obra y probablemente en octubre finalice el contrato. ¿Quisiera qué correspondería de finiquito y cuantos meses me corresponde de desempleo?
Un saludo y gracias.

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Lo de conforme o no conforme es indiferente.
Cuando la empresa te entrega una carta de comunicación, de sanción o como en este caso, siempre se debe de firmar el recibí.
Firmar el recibí significa eso, que recibiste el escrito. Y nada más.
Siempre es importante tener dichos escritos o comunicaciones ya que constituyen nuestra defensa posterior si la queremos ejercer.
Por lo tanto si, fírmalo y repito es indiferente que pongas no conforme o no pongas nada. Ya ejercerás tu defensa si lo deseas.
Dado que firmaste el contrato en enero de 2001 no tienes indemnización:
A la finalización del contrato, si se hubiera formalizado a partir del 4 de marzo de 2001, el trabajador tendrá derecho a recibir una indemnización de cuantía equivalente a la parte proporcional de la cantidad que resultaría de abonar ocho días de salario por cada año de servicio, o la establecida, en su caso, en la normativa específica que sea de aplicación.
Por lo tanto únicamente te corresponderán en tu finiquito las partes de vacaciones no disfrutadas y la liquidación de pagas extras correspondientes.
En cuanto al desempleo y calculando que te den de baja en fecha 30-10-2003 tendrías 1026 días de cotización, si anteriormente no tienes acumulado ningún otro día, tendrías derecho a 300 días de desempleo.
Cuando te despidan por finalización de contrato deberán darte el certificado de empresa y la comunicación de fin de contrato que precesarás para solicitar la prestación.

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