Tablas de bases salariales
En el día de ayer mi empresa (habiendo consultado con su asesoría)me comunico que el importe que aparece en mi nomina como sueldo base no puede ser superior a lo que indican las tablas del convenio. ESta afirmación me sorprendió bastante ya que yo tenia la convicion de que dichas tablas indicaban el mínimo a cobrar según categoría y no como cantidad inamovible. ¿Es realmente como indica la asesoría de la empresa?
Su solución es aplicar el excedente (bastante alto) a un plus denominado "mejoras voluntarias" lo que en caso de reclamación por mi parte de retribuciones superiores (IPC, antiguedada etc...) pueden extraerlo de allí sin que realmente aumente el sueldo bruto de mi nomina.
En caso de despido y solicitar la prestación por desempleo ¿el calculo del importe de la remuneración se hace en base al salario base unicamente?
Su solución es aplicar el excedente (bastante alto) a un plus denominado "mejoras voluntarias" lo que en caso de reclamación por mi parte de retribuciones superiores (IPC, antiguedada etc...) pueden extraerlo de allí sin que realmente aumente el sueldo bruto de mi nomina.
En caso de despido y solicitar la prestación por desempleo ¿el calculo del importe de la remuneración se hace en base al salario base unicamente?
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Respuesta de anpema
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