Baja voluntaria en vacaciones

Tengo un contrato por obra que finaliza el 31 de julio. Llevo 3 años con este contrato y prórrogas del mismo y aún no me han comunicado mi renovación -práctica habitual en mi empresa-.
El 1 de septiembre debo incorporarme en otro trabajo, por lo cual voy a cursar baja voluntaria. Pero el mes que queda, agosto, lo cojo de vacaciones -toda la empresa excepto servicios mínimos se va de vacaciones en estas fechas-.
Mi pregunta es: ¿Puedo dar los 15 días de preaviso estando de vacaciones? En este caso ¿pueden hacerme volver para trabajar los últimos 15 días?
Mi caso es un poco particular, porque mi contrato empezó el día 1 de agosto con vacaciones, así que ya las he disfrutado.
Y mi problema: quiero cobrar este mes de agosto.
Por otra parte, ¿cuándo se da por renovado un contrato al no haber tenido comunicación en contra? ¿Si me voy sin firmar la renovación pueden ponerme problemas después?

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Te reitero que los contratos de obra o servicio determinado no pueden prorrogarse, exactamente no sé que tipo de documento estabas firmando, pero te aseguro que no pueden prorrogarse.
Entiendo que tienes derecho a vacaciones, ya que las que disfrutaste el primer año correspondían a aquel año y vencían a 31 de Diciembre (las vacaciones siempre se computan por años naturales), por lo que cada año has ido generando días de vacaciones, y este año tienes derecho a los 20 días que te comentaba, generados en el 2004 hasta tu marcha a 31 de Agosto (2.5 días por 8 meses). Comentarte que el periodo de tiempo trabajado como becaria no computa a efectos de vacaciones, ya que no se considera relación laboral.
La empresa, si el último día de contrato, no te ha comunicado nada, sigues trabajando hasta que tú comuniques tu intención de causar baja voluntaria. Claro que estarás contratada hasta el día en que causes baja voluntaria, firmes o no nuevo contrato, eso no debe preocuparte, y si hay algún movimiento extraño por parte de la empresa una vez hayas comunicado tu intención de causar baja, ya lo comentaremos.
Ahora me ha quedado mucho más claro, gracias!
Sólo una última cuestión: entonces, ¿me interesa no firmar la renovación, pedir mis 20 días de vacaciones como finiquito y no volver más a trabajar aquí después de las vacaciones?
Pues así haré, muchísimas gracias por tu interés!
Tal y como te comentaba en la primera respuesta, creo que deberías esperar a irte hasta la fecha en que tengas previsto dejar el trabajo (31 de Agosto), notificarlo con la antelación debida (a fecha de 15 de Agosto), y si tienes cualquier problema, me lo expones. Si, en todo este proceso, firmas la renovación, no pasa nada ni tiene ninguna implicación legal.
Los contratos de obra o servicio determinado no se prorrogan, por lo que tu contrato está celebrado en fraude de ley y no es legal.
Mi opinión es que notifiques a la empresa por burofax la carta de preaviso correspondiente, ya respirarán si es que quieren o intentar hacerte trabajar los últimos 15 días, la verdad es que no tienes derecho a todos los días, sino solo a 20 días, por lo que podrían hacerte trabajar los últimos 10 días, aunque no lo creo si se suspende la actividad.
Otra opción es plantear la cuestión de cara y comunicárselo antes de marcharte de vacaciones, asumiendo la situación que pueda producirse con respecto a tus días de vacaciones de más.
Un contrato no se da por renovado por no tener notificación en contra, pueden incluso notificarte su finalización o renovarte el último día, aunque, te repito, los contratos de obra o servicio determinado no se renuevan, cada vez se produce un nuevo contrato.
Ningún problema si te vas sin firmar el nuevo contrato, al empezar en otra empresa al día siguiente eso no afecta absolutamente para nada.

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