Jubilación obligatoria a los 65 años

Mu gustaría saber si es obligatorio jubilarse a los 65 años si el trabajador no lo quiere. También saber que tanto por ciento de tu sueldo te corresponde como pensión de jubilación habiendo cotizado 15 años. Por último, saber si en el caso de que te jubilen puedes seguir cotizando para conseguir una paga por jubilación.

La verdad es que no sé si es usted la persona adecuada para estas preguntas porque sus especialidades sean otras, en ese caso discúlpeme.

Sin más.

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No es obligatorio jubilarse al cumplir los 65 años de edad, ya que actualmente, para los trabajadores encuadrados en el sistema de Seguridad Social, el cese en el trabajo es voluntario además en el consejo de ministros del pasado viernes 14 de agosto se a acordado prohibir que los convenios colectivos incluyan una edad de jubilación obligatoria una vez que se alcanza la edad de retiro. Así, para fomentar la prolongación de la vida activa, los convenios no podrán obligar a jubilarse a los trabajadores. En cuanto a la cuantía de la pensión que corresponde por 15 años de cotización es la equivalente al 50% de la base reguladora cuantía que se obtiene con el promedio de lo cotizado efectuadas en los 15 años anteriores a la fecha de la solicitud de la jubilación.. Después de la jubilación no hay posibilidad de segur cotizando para incrementar la cuantía de la pensión salvo que contrates un plan de pensiones privado o continúes trabajando, hasta que el cuerpo aguante o la emperesa no pueda seguir manteniéndote en el puesto de trabajo a consecuencia de la edad ... Espero que la respuesta te sirva de ayuda..

http://www.seg-social.es/Internet_1/Trabajadores/Afiliacion/Conveniosespeciales/index.htm

http://www.ingenierosnavales.com/GUIA%20LABORAL%20Y%20FISCAL/pdf/capitulo4_apdo1.pdf

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