Ere suspensión temporal contrato

mi empresa realizo un ere de suspensión de contrato por dos años con mejora del 20% del salario bruto y el compromiso de readmisión a los dos años.

Durante esos dos años solicite el paro. Ahora se va terminar el periodo de suspensión y quisiera saber ¿puede la empresa negarse a readmitirme?.Si es así ¿se considera despido improcedente?. ¿Puede admitirme y después despedirme con despido improcedente o causas objetivas y económicas (si puede acreditar las)?.

En todos los casos anteriores para la indemnización del despido ¿se toma como base el salarió diario de los últimos 12 meses? Si es así, al haber estado cobrando prestación por desempleo los últimos 12 meses y cobrando la mejora de la empresa ¿qué se considera salario diario? ¿El del paro, el de la mejora, los dos juntos? O ¿al ser suspensión de contrato el que tenía los 12 últimos meses antes de la suspensión?

muchas gracias

1 respuesta

Respuesta
1

No puede negarse si tenéis firmado el pacto de readmisión. Si no cumple el despido es improcedente.

En cuanto a si la readmisión puede despedir, por desgracia si, la ley no exige un periodo de permanencia tras la readmisión para poder despedir a un trabajador que ha estado en
ERTE.

En cuanto al salario que se toma para la indemnización es correcto lo que dices, los últimos 12 meses. Pero para los que han estado en suspensión o reducción se cogen los salarios de los 12 meses anteriores al ERTE (de antes de la suspensión).

Un saludo. No olvides puntuar.

Laborser es una web destinada 100% a la clase trabajadora y que presta los siguientes servicios:

- Resolución de consultas laborales online.
- Redacción de escritos laborales a presentar en la empresa o ITSS.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas