Chantaje laboral

Trabajo en una empresa bajo contrato regido por el convenio colectivo del sector de "Comercio de bazares, artículo de regalo, venta de juguetes, adorno y reclamo" de la provincia de Pontevedra; mi jefe cerrará la tienda 10 días por motivos personales y nos ha propuesto 3 opciones, la primera es descontarnos esos 10 días de las vacaciones del año que viene, la segunda es recuperar esos 10 días haciendo horas extras gratis y la tercera es descontarnos los 10 días de la nómina del mes en el que cerrará la tienda. Mi pregunta es si alguna de esas opciones que el me propone es legal, y por consiguiente si estoy obligada a aceptar alguna de ellas (independientemente de un acuerdo de buena fe) Por cierto, la opción de abrir la tienda durante esos 10 días aunque él no esté está descartada.
Finalmente, tengo que añadir que en mi contrato (indefinido inicial bonificado a tiempo parcial) no se hace ninguna mención a las opciones que el nos propone.

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La viabilidad de éstas opciones es posible por supuesto siempre que haya buena volutad por vuestra parte. Pero os podéis encontrar con el problema(si se descuentan de vacaciones) que en Agosto por ejemplo cierre todo el mes, ¿entonces qué? Os vuelve a descontar esos 10 días, si los hacéis en horas extras es más sencillo, pero es una opción a mi entender ilegal, aunque claro siempre podéis dar vuestro brazo a torcer, aunque yo intentaría conseguir alguna mejora a cambio.
Te aconsejo que vayas a un sindicato, si realmente estáis decididos a que os paguen los 10 días de cierre, aunque entiendo que si se quiere conservar el trabajo la opción de "buena voluntad" es la mejor aunque ten en cuenta que crea precedente, que pasa por ejemplo, ¿si el año que viene decide hacerlo de nuevo?, os diría... el año pasado ya lo hicisteis...
Ante todo gracias por la rapidez de tu respuesta;me gustaría, si es posible que me comentaras la viabilidad de las otras dos opciones: descontar los 10 días de las vacaciones del año próximo y recuperarlos los días en horas extras gratis.
Si él cierra la tienda por motivos personales (a mi entender, porque le da la gana) os tiene que pagar esos días como si estuvierais trabajando, si tu le dices que te coges 10 días por motivos personales, te los descontará ¿Verdad? Pues él esos días te los tiene que pagar como si los trabajaras.
Te pongo un ejemplo conocido, si la empresa cierra todo el mes de agosto y a ti sólo te corresponden 2 semanas, al cerrar la empresa, tiene la obligación de pagarte el mes entero como si hubieras trabajado, no es culpa tuya si no de la empresa.
Creéme, que diga lo que quiera, tu tienes razón.
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Desconozco cual es la causa que le lleva a tu jefe cerrar la empresa por motivos personales. Lo que está claro, es que dicha decisión no puede redundar en vuestro trabajo. El trabajo no solo es una obligación, sino también un derecho. Si no tiene causa que justifique el cierre de la empresa, no puede cerrarla. En todo caso, debe abonaros el salario de esos diez días, trabajéis o no, ya que vosotros trabajar sí queréis. NInguna de las tres opciones es legal. Otra cosa es que haya buen rollo y queráis aceptar.
Ponte en contacto con un abogado.

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