Devolución de comisiones auxiliar asesor de Ag. Seguros

Trabajé como asesor exclusivo de Ag. De seguros con contrato mercantil. La venta de un seguro compromete al asegurado a una cuota mensual durante un año pero la comisión que recibí por cada venta es sobre el pago total de año. Dado que los clientes se dan de baja después de pagar una cuota, dos o ninguna, me descontaron la parte proporcional que el cliente dejó de pagar en las siguientes liquidaciones.
Hasta aquí conforme porque este sistema de comisiones y devoluciones está especificado en contrato. Pasa que ya no trabajo con ellos y me llega una carta donde me reclaman
las bajas posteriores a mi salida de los clientes que hice en su momento. ¿Esto procede?
El importe es 2000€ y pico, pero no detallan a qué pólizas corresponden. ¿Deberían hacerlo? Me indican que de no pagar procederían judicialmente. Si debo pagar quiero hacerlo, aunque ahora es imposible. La pregunta es ¿puedo aceptar mi responsabilidad pero pagar como pueda?

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Primero aclararte que como tu muy bien indicas estamos ante una relación mercantil, con lo que no podemos entender la dentro de la jurisdicción social, ni dentro de su ámbito.

Por ello la consulta es más apropiada en los de derecho civil o mercantil.

Todo debe hacerse de acuerdo con lo plasmado en ese contrato y entiendo que no hay que devolver nada una vez ya no existe un vínculo contractual, siempre que esto no se recoja en dicho contrato.

Te aconsejo que hagas la pregunta a expertos en mercantil o civil.

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