¿Podemos solicitar reagrupación familiar trabajando en centros distintos(270km) de la misma empresa?

Buenos días,

Mi pareja y yo tenemos contrato con la misma empresa y en ambos contratos figura el mismo centro de trabajo. Sin embargo, cuando contrataron a mi pareja, a pesar de poner dicho centro, fue para un trabajo en una empresa del mismo grupo, situada a 270 km y distinta comunidad autónoma del que figura en el contrato. Posteriormente me contrataron a mi, y comencé trabajando en el mismo centro que mi pareja, pero sabiendo que en pocos meses tendría que cambiarme de centro al que figura en mi contrato.

Ahora mi pareja se ha trasladado a la misma ciudad donde yo trabajo (y a la misma que el centro de trabajo que figura en su contrato).

Mi pregunta es si nos es aplicable el artículo 40 ET y podemos solicitar reagrupación familiar y que a alguno de los dos nos trasladen al centro de trabajo del otro.

Por otro lado, ¿está en situación de legalidad que contratando a una persona para un centro de trabajo, en su contrato figure otro centro?

Muchas gracias y un saludo

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Totalmente legítimo que solicites el reagrupamiento si hay alguna plaza vacante en el Centro donde está tu pareja, pero debes estar casado o ser pareja de hecho ya que el artículo 40.3 habla de reagrupamiento familiar y cónyuge.

No me parece muy legal que te contraten para un Centro concreto y te manden a otro a 270 Km sin cumplir con las formalidades de un traslado. Sería demandable en el Juzgado de lo social.

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