Derecho a disfrutar de las vacaciones del año anterior

Trabajo en un ayuntamiento y no tengo periodo vacacional fijado (lo acordamos cada año entre mi compañera y yo, junto con la responsable del área). En junio de 2012 tuve que cogerme la baja por molestias en el embarazo hasta que el día 21 de agosto dí a luz. La baja por maternidad me corresponde hasta el 11 de diciembre. Voy a solicitar la lactancia acumulada (23 días laborales) por lo que estaré sin trabajar hasta el 21 de enero. Tengo todas las vacaciones de 2012 sin disfrutar. ¿Perderé las vacaciones del año anterior o podré disfrutarlas en 2013?

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Las vacaciones que no se pueden disfrutar dentro del año natural por causas relacionadas con el embarazo enfermedad accidente extra laboral o de de trabajo no se extinguen nunca y se tienen que disfrutar después de recibir el alta medica aunque haya finalizado el año en el que se deberían de haber disfrutado, otra cosa muy diferente es cuando se esta disfrutando de las vacaciones y se tiene un enfermedad o un accidente extra laboral porque la situación de incapacidad temporal no interrumpe el periodo vacacional por lo que mientras estas de baja seguirán corriendo los días de vacaciones así que ya lo sabes estas de baja por las causas que sean y todavía no as disfrutado de las vacaciones que te corresponden del año en curso cuando te den el alta medica el ayuntamiento esta obligado a concederte las vacaciones aunque las tengas que disfrutar en el 2013 .. espero que la respuesta te sirva de ayuda..

http://ortizsierraabogados.wordpress.com/2009/11/02/vacaciones-y-baja-laboral-jurisprudencia-ultima/

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