Estoy de 7 meses de embrazo y me han dado la baja por enfermedad por lumbago y luego me cogeré mi baja maternal de 4 meses, me gustaría saber si voy a cobrar la paga extra en julio, mi expresa se que me paga hasta completar el 100 %del sueldo (el reto me lo da la seguridad social). ¿Mientras este de baja estoy generando días de vacaciones?
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Respuesta de levantino
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levantino, Experiencia en el mundo laboral, por haber pertenecido a un...
Mientras te encuentres en la situación de baja, percibirás mensualmente, una parte de lo que corresponde a la paga extra, ya que lo que percibes, esta en base a lo que cotizas, y dentro de lo que cotizas, esta la prorrata de la paga extra, esto lo puedes ver en la parte inferior de tu nomina, donde los descuentos. Por lo tanto, cuanto más tiempo estés en la situación de baja, menos cobraras de paga extra, ya que la iras cobrando mes a mes. En cuanto a las vacaciones, no te preocupes, en tu situación de baja por maternidad, tienes el derecho reconocido por ley, de disfrutar tus vacaciones cuando te reincorpores al trabajo, aun y cuando no pueda ser en este año, y tengas que disfrutarlas el año que viene, las vacaciones correspondientes a este año. En este caso, insisto, tranquila, tienes todo el respaldo legal, para disfrutarlas. Y si mientras estas de baja, estas generando días de vacaciones, como si estuvieras trabajando, a diferencia de las pagas extras, las vacaciones solo se pueden disfrutar, cuando se esta en la situación de alta medica, y se genera derecho a su disfrute. Espero haberte ayudado, un saludo, y por favor, cuando termines puntúa para finalizar
Osea que ahora mientras estoy de baja por enfermedad voy a cobrar al mes, algo más que si estuviese trabajnado, yeso es lo que se corresponde con la paga extra, ¿verdad? Y en julio solo cobrare la paga extra correspondiente al mes de enero que he trabajado. ¿Cuándo este de baja por maternidad, pasara lo mismo no? Y con las vacaciones ya se que estando de baja de maternidad tenemos todas a nuestro favor, ¿pero con la baja por enfermedad también estoy generando días de vacaciones? ¿O cuándo la baja es por enfermedad no se genern días de vacaciones? Muchas gracias
Con respecto a la baja laboral y al cobro de la paga extra. Cuando se esta en esta situación, que no se cobra el salario, se percibe una "compensacion" económica, y esta "compensacion", no es otra cosa que tu base de cotización por Contingencias Comunes, que como te decía la podrás ver en la parte inferior de tu nomina. En esta base de Contingencias Comunes, podrás ver dos cosas, que sumadas forman la base de cotización. Por una parte, todo lo que tienes como salario en la nomina. Por otra la parte de la paga extra, correspondiente a dicho mes. Esto no significa que cobres la parte de la paga extra mes a mes, sino que la cotizas. Como en estas situaciones, percibes una cantidad, de la base de cotización, y como dentro de dicha base, esta la parte de la paga extra, pues eso, que cada mes que estas de baja, cobras una parte de la misma. Si tienes que cobrar una paga extra de verano, que sera la de junio-julio, y estas de baja desde el mes de febrero hasta que llegue la misma, pues efectivamente, solo cobraras, la parte de la paga correspondiente al mes de enero, salvo que el convenio diga otra cosa. Con respecto a las vacaciones, no te preocupes, se generan aun estando de baja, sea cual sea su causa, o motivo de dicha baja laboral, enfermedad, maternidad, accidente laboral o no laboral, etc. Como te decía, el generar derecho para disfrutar vacaciones, comienza desde el mismo momento en que se te da de alta como trabajadora de una empresa, y no se pierde por causa alguna, que sea motivada por baja medica, y a razón de 2,5 días por mes, si el convenio dice que son 30 días de vacaciones, si el convenio dijer otra cosa, habrá que estar a lo que diga este.