Despido por causas objetivas

Me han despedido por causas objetivas. Yo ya lo sabía porque la empresa lleva bastante tiempo mal, y de hecho me deben 3 meses, aparte de la liquidación. La verdad es que me llevo muy bien con mi jefe, y sé que de momento, no me puede pagar, aunque me ha asegurado que me irá pagando poco a poco. Pero, no creo que pueda hacerlo, porque llevamos bastantes meses sin tener ingresos. El caso es que me han dicho que le demande así si el no puede pagar, lo haría FOGASA. Pero tampoco quiero hacerle mal.

Quisiera saber, que tengo que hacer para conseguir conseguir cobrar de FOGASA, los trámites, y que le pasaría a mi jefe si lo hago.

Muchas gracias

1 respuesta

Respuesta
1

El FOGASA abona un mínimo del 40% de la indemnización que te correspondería en caso de despido objetivo (20 días por año trabajado) y tan sólo abona el 100% si es probada la insolvencia del Empresario, además el máximo que abona en cualquier caso está en torno a los 18000.-€.

Lo más indicado para acudir el F

El FOGASA abona un mínimo del 40% de la
indemnización que te correspondería en caso de despido objetivo (20 días
por año trabajado) y tan sólo abona el 100% si es probada la
insolvencia del Empresario, además el máximo que abona en cualquier caso
está en torno a los 18000.-€.
Lo más indicado para acudir el
FOGASA es acudir a un acto de conciliación con tu empresa y con el acta
de conciliación con acuerdo acudir al FOGASA a solicitar la indemnizaciónj, cuyo abono ya te anticipo que no es inmediato, puede llegar a tardar meses.

Pero para acudir a un acto de conciliación, a donde hay que acudir?¿a un juzgado? Y en teoría, le citarían a el, y tendría que justificar que no me puede pagar?

Es que según he leído, si la empresa tiene menos de 25 empleados, no haría falta ningún acto de conciliación y sólo bastaría con solicitar la prestación del 40% al FOGASA. Me conformo con cobrar eso y no meter a mi ex jefe en un lío.

Si va a presentarse demanda contra la empresa por impago de nóminas es necesario acudir al acto de conciliación. A dicho acto no es necesario acudir con asistencia letrada pero si es aconsejable. Para ello, es necesario presentar una papeleta de conciliación ante el SMAC. En la práctica, para evitar demoras en el pago tanto de la empresa como del FOGASA lo mejor es intentar llegar a un acuerdo en dicho acto puesto que en caso de procedimiento judicial el FOGASA no abona cantidad alguna en tanto no esté resuelto.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas