Obligaciones de alta en Seguridad Social en contratos de aparcería
Soy propietario de un olivar el cual quiero ceder en aparcería para su explotación. El aparcero llevará a su propia cuadrilla para la recogida de la aceituna. Se acordará que 1/4 de lo recogido sea para mí, y 3/4 sea para el aparcero.
Mi pregunta es: ¿El cedente del olivar -o sea, yo- tengo obligación de dar de alta y cotizar por los trabajadores que lleva el aparcero, o es obligación suya el realizar el correspondiente alta en Seguridad Social?
1 respuesta
Respuesta de Laborser España
1